Opinión/Opinión concurrente de Tribunal Supremo nº 130, de 14 Septiembre 2005
Recurso nº CP-1997-0007
Sentencia nº 130
Actor: Carmelo Rodríguez Feliciano
Recurso nº CP-1997-0007
Sentencia nº 130
Actor: Carmelo Rodríguez Feliciano
Resumen
Cánones 8, 15 y 29: Conducta del Abogado con respecto a la parte contraria
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Extracto
Opinión/Opinión concurrente nº 130 de Tribunal Supremo, de 14 Septiembre 2005
3 CP-1997-7EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO In re: Carmelo Rodríguez Feliciano 2005 TSPR 130165 DPR ____ Número del Caso: CP-1997-7 Fecha: 14 de septiembre de 2005 Abogados del Querellado: Lcdo. Vicente Ortiz Colón Lcdo. Marco Rosado Conde Lcdo. Héctor Alejandro Lugo Quiñones Lcdo. Manuel Rodríguez OrellanaOficina del Procurador General: Lcda. Edna Evelyn Rodríguez Benítez Procuradora General AuxiliarMateria: Conducta ProfesionalEste documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICOIn re: Carmelo Rodríguez Feliciano CP-1997-7 PER CURIAMSan Juan, Puerto Rico, a 14 de septiembre de 2005.El licenciado Carmelo Rodríguez Feliciano fue admitido al ejercicio de la abogacía el 25 de enero de 1985 y al ejercicio del notariado el 18 de marzo de ese mismo año. Fue presentada contra el referido abogado el 14 de mayo de 1994 una queja por la señora Myrna Y. López Peña, abogada de profesión.La señora Myrna Y. López Peña contrajo nupcias con el señor Elías Arguello García en dos ocasiones. La primera vez el 25 de diciembre de 1975 y la segunda el 11 de septiembre de 1979. Concibieron una hija durante su primer matrimonio, quien nació el 28 CP-1997-7 2de junio de 1976, fecha en que fue dictada la sentencia de divorcio por el Tribunal de Primera Instancia...
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