Opinión/Opinión concurrente de Tribunal Supremo nº 130, de 14 Septiembre 2005

Tribunal Supremo de Justicia

Recurso nº CP-1997-0007
Sentencia nº 130
Actor: Carmelo Rodríguez Feliciano

Enlazado como:



Resumen


Cánones 8, 15 y 29: Conducta del Abogado con respecto a la parte contraria

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Extracto


Opinión/Opinión concurrente nº 130 de Tribunal Supremo, de 14 Septiembre 2005

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CP-1997-7

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re:

Carmelo Rodríguez Feliciano

2005 TSPR 130

165 DPR ____

Número del Caso: CP-1997-7

Fecha: 14 de septiembre de 2005

Abogados del Querellado:

Lcdo. Vicente Ortiz Colón

Lcdo. Marco Rosado Conde

Lcdo. Héctor Alejandro Lugo Quiñones

Lcdo. Manuel Rodríguez Orellana

Oficina del Procurador General:

Lcda. Edna Evelyn Rodríguez Benítez

Procuradora General Auxiliar

Materia: Conducta Profesional

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re:

Carmelo Rodríguez Feliciano

CP-1997-7

PER CURIAM

San Juan, Puerto Rico, a 14 de septiembre de 2005.

El licenciado Carmelo Rodríguez Feliciano fue admitido al ejercicio de la abogacía el 25 de enero de 1985 y al ejercicio del notariado el 18 de marzo de ese mismo año. Fue presentada contra el referido abogado el 14 de mayo de 1994 una queja por la señora Myrna Y. López Peña, abogada de profesión.

La señora Myrna Y. López Peña contrajo nupcias con el señor Elías Arguello García en dos ocasiones. La primera vez el 25 de diciembre de 1975 y la segunda el 11 de septiembre de 1979. Concibieron una hija durante su primer matrimonio, quien nació el 28

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de junio de 1976, fecha en que fue dictada la sentencia de divorcio por el Tribunal de Primera Instancia...

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