Ley Núm. 349 de 02 de Septiembre de 2000. Carta de Derechos de las Personas Portadoras del Virus VIH/SIDA

EventoLey
Fecha 2 de Septiembre de 2000

Carta de Derechos de las Personas Portadoras del Virus VIH/SIDA

LEY NUM. 349 DEL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2000

Para crear y establecer la Carta de Derechos de las Personas Portadoras del Virus VIH/SIDA en Puerto Rico.

EXPOSICION DE MOTIVOS

El virus (VIH) ha ocasionado la epidemia del SIDA alrededor del mundo, enfermedad que se ha convertido en una de las principales áreas de investigación de la medicina contemporánea.

El SIDA, desde el punto de vista de la medicina es una enfermedad igual a las demás.

Sin embargo, en muchas ocasiones los seres humanos, y el Estado, tomamos decisiones basadas en prejuicios sociales, morales, religiosos o económicos, los cuales provocan un trato desigual hacia las personas portadoras del virus VIH.

No podemos poner en riesgo la intimidad y la dignidad del ser humano, derechos garantizados por la Constitución de Puerto Rico, y que celosamente esta Asamblea Legislativa debe velar y proteger.

Por tal razón, la Asamblea Legislativa, con el propósito de garantizar el mejor trato a los pacientes con VIH, establece la Carta de Derechos de las Personas Portadoras del Virus VIH.

De esta manera se garantiza la solidaridad necesaria para evitar el discrimen y prejuicio.

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1

Esta Ley se conocerá como "Carta de Derechos de las Personas Portadoras del Virus VIH en Puerto Rico".

Artículo 2 Política Pública

El Estado Libre Asociado de Puerto Rico reconoce su responsabilidad de proveer, hasta donde sus medios y recursos lo hagan factible, las condiciones adecuadas que promuevan en las personas portadoras del virus VIH/SIDA el goce de una vida plena y el disfrute de sus derechos naturales humanos y legales.

Se declara política pública el garantizar a las personas portadoras del virus VIH/SIDA:

a)

La planificación, prestación y accesibilidad de servicios en términos geográficos, medios de transportación, así como recursos complementarios y alternos.

b)

El acceso y la utilización óptima de los mejores servicios de salud.

c)

Los servicios y los medios que faciliten la permanencia de estas personas con su familia, siempre que sea posible.

Cuando sea...

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