Ley Núm. 30 de 18 de Marzo de 2008 de Enmiendas de la Ley de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos

EventoLey
Fecha18 de Marzo de 2008

Ley Núm. 30 de 18 de marzo de 2008

(P. de la C. 3042)

(Conferencia)

Para enmendar los Artículos 2 y 4 de la Ley Núm. 51 de 1996, según enmendada, conocida como “Ley de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos”, a los fines de disponer sobre la digitalización de los expedientes, evaluaciones y otros documentos relacionados con las personas con impedimentos; para establecer que los servicios integrales que se extiendan respondan a las necesidades idiomáticas del recipiente; y para modificar la definición de padre a fin de atemperarlo a lo dispuesto en la Ley Federal “Individuals with Disabilities Education Improvement Act”, mejor conocida como IDEA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En 1996 se promulgó la Ley Núm. 51, id., que crea la “Ley de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos”. La misma establece que el Gobierno de Puerto Rico se reafirma en su compromiso de promover el derecho constitucional de toda persona a una educación gratuita que propenda al “pleno desarrollo de su personalidad y al fortalecimiento del respeto de los derechos del hombre y de las libertades fundamentales”. Para el logro de este propósito se trabaja conjuntamente con la familia, ya que el desarrollo integral de la persona con impedimentos debe estar enmarcado en su contexto familiar.

Forma parte de la política pública sobre las personas con impedimentos, el brindar, hasta donde los recursos del Estado lo permitan una educación pública, gratuita y apropiada, en el ambiente menos restrictivo posible, especialmente diseñada de acuerdo a las necesidades individuales de las personas con impedimentos y con todos los servicios relacionados indispensables para su desarrollo, según se establezca en su plan individualizado de servicios, y lo más cerca posible de las demás personas sin impedimentos. Por otra parte, propende al establecimiento de un proceso de identificación, localización, registro y una evaluación por un equipo multidisciplinario debidamente calificado de todas las personas con posibles impedimentos, dentro o fuera de la escuela, desde el nacimiento hasta los veintiún (21) años de edad inclusive.

Persigue, además, lograr el diseño de un Programa Educativo Individualizado (PEI) que establezca las metas a largo y corto plazo, los servicios educativos y los servicios relacionados indispensables...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR