Freno al hurto de cobre

Por Alba Y. Muñiz Gracia

amuniz@elnuevodia.com

Además, la legislación dispone que los vehículos de motor destinados al recogido de esos metales sean regulados por la Comisión de Servicio Público (CSP).

La medida, que ya había sido aprobada en la Cámara de Representantes, establece que los establecimientos "dedicados a la permuta, depósito, almacenaje, transporte, recogido, distribución" de alambres o materiales de cobre, aluminio, estaño o plomo y platino puedan operar solamente en un horario de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

Asimismo, establece que el registro de la transacción de compraventa debe incluir una copia de la identificación con foto de la persona que lleva el material al centro de acopio, así como la descripción del vehículo que transporta el metal.

El proyecto, de la autoría del representante penepé José Chico Vega, ordena que el pago por la adquisición de los metales deberá hacerse mediante cheque y que se debe incluir el precio pagado por libra de cada metal, total pagado y número...

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