Ley Núm. 071 de 29 de Febrero de 2004. Junta Examinadora de Peritos Electricistas

EventoLey
Fecha29 de Febrero de 2004

Ley Núm. 71 de 29 de febrero de 2004

(P. de la C. 2095)

(Reconsiderado)

Para enmendar el Artículo 8 de la Ley Núm. 115 de 2 de junio de 1976, según enmendada, a los fines de sustituir el término "certificado de buena conducta" por "certificado de antecedentes penales" con el propósito de aclarar el alcance de este término, y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Núm. 115 de 2 de junio de 1976, según enmendada, establece que todo aspirante a obtener una licencia de aprendiz o ayudante de perito electricista o de perito electricista, debe presentar entre otros documentos un certificado de buena conducta a la Junta Examinadora de Peritos Electricistas, requisito añadido mediante enmienda por la Ley Núm. 46 de 1ro. de junio de 1984. Sin embargo, la forma en que está redactado este requisito al utilizar el término "certificado de buena conducta", ha generado confusión entre los aspirantes a obtener licencias ante mencionada Junta Examinadora. Son muchos los aspirantes a estas licencias, los que alegan el habérsele negado la oportunidad de tomar los exámenes de certificación por el hecho de presentar a la Junta, un certificado expedido por la Policía de Puerto Rico que refleja antecedentes penales, siendo esta práctica contraria a la intención del legislador al añadir este requisito. Si este hubiera querido que lo que sometiera el aspirante a Perito Electricista fuera un certificado negativo, así lo hubiera indicado expresamente.

Al convertirse en ley esta enmienda el entonces Secretario de Justicia, Hon. Héctor Rivera Cruz, emitió una opinión en cuanto a si la Junta Examinadora de Peritos Electricistas puede negarse a admitir a un examen a una persona que tenga antecedentes penales y que se encuentre en probatoria o bajo palabra (Op. Sec. Just. Núm. 25 de 1985). En su opinión reconociendo las facultades de la Junta Examinadora indicó que "le corresponde entonces a la Junta Examinadora de Peritos Electricistas pasar juicio sobre tal certificado y demás requisitos, a los fines de determinar si los autoriza o no a tomar el examen. Si dicho certificado, por el contrario, contiene antecedentes penales, la Junta deberá entonces evaluar el caso en particular para determinar si los delitos previamente cometidos por el aspirante pueden efectivamente inhabilitarlo para el trabajo que pretende realizar, considerando la...

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