Ley Núm. 239 de 22 de diciembre de 2014, para enmendar los Artículos 1.001, 2.001, 2.002, 2.003, 3.001, 3.002, 3.004, 3.006, 3.007, 3.008, 3.009, 3.010, 3.014, 3.015, 4.005, 5.002, 5.003, 5.006, 5.007, 6.004, 6.006, 6.007, 6.013, 6.016, 6.017, 7.001, 7.005, 7.006, 8.001, 8.004, 8.009, 8.011, 8.012, 8.014, 8.018, 8.027, 9.006, 9.011, 9.013, 9.014, 9.027, 9.031, 9.034, 9.039, 10.005, 10.013, 11.009, 12.001, 12.010, 12.018 y 12.020; agregar un nuevo Artículo 8.014, de la Ley 78-2011, según enmendada, conocida como 'Código Electoral de Puerto Rico para el Siglo XXI', para cambiar el nombre de esta Ley, atender asuntos relacionados al Escrutinio General de las Primarias de los Partidos Políticos, Inscripción de Nuevos Electores, Transacciones Electorales, Estructura de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), Prerrogativas de los Partidos Políticos, Nombramiento del liderato de la Comisión y las limitaciones sobre sus actividades externas, Escrutinio Electrónico, Definición del Voto, protección de la voluntad...

EventoLey
Fecha22 de Diciembre de 2014

(P. del S. 1254)

(Conferencia)

LEY NUM....

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