Ley Núm. 27 de 4 de marzo de 2011, para promulgar la 'Ley de Incentivos Económicos para la Industria Fílmica de Puerto Rico', a los fines de proveer un marco adecuado para el desarrollo continuo de nuestra industria cinematográfica y otras actividades relacionadas; proveer incentivos contributivos para atraer capital extranjero y propiciar el desarrollo económico y bienestar social de Puerto Rico; crear infraestructura para el desarrollo de la industria fílmica a su máxima capacidad; enmendar los Artículos 1.02, 1.03 y 2.02 de la Ley Núm. 121 de 17 de agosto de 2001, según enmendada, conocida como la 'Ley de la Corporación para el Desarrollo de las Artes, Ciencias e Industria Cinematográfica de Puerto Rico'; derogar la Ley Núm. 362 de 24 de diciembre de 1999, conocida como la 'Ley para el Desarrollo de la Industria Fílmica'; y para otros fines.

EventoLey
Fecha 4 de Marzo de 2011

(P. del S. 1833)

(Conferencia)

LEY NUM. 27

4 DE MARZO DE 2011

Para promulgar la “Ley de Incentivos Económicos para la Industria Fílmica de Puerto Rico”, a los fines de proveer un marco adecuado para el desarrollo continuo de nuestra industria cinematográfica y otras actividades relacionadas; proveer incentivos contributivos para atraer capital extranjero y propiciar el desarrollo económico y bienestar social de Puerto Rico; crear infraestructura para el desarrollo de la industria fílmica a su máxima capacidad; enmendar los Artículos 1.02, 1.03 y 2.02 de la Ley Núm. 121 de 17 de agosto de 2001, según enmendada, conocida como la “Ley de la Corporación para el Desarrollo de las Artes, Ciencias e Industria Cinematográfica de Puerto Rico”; derogar la Ley Núm. 362 de 24 de diciembre de 1999, conocida como la “Ley para el Desarrollo de la Industria Fílmica”; y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A través de los tiempos, los patrocinadores de las artes han fomentado y sustentado la expresión cultural y artística. Dicho sustento y patrocinio ha permitido a muchos artistas, escritores, músicos, pintores, cantantes, escultores y artesanos expresar la cultura y la personalidad universal prevaleciente de la sociedad a través de su obra.

La producción y distribución de películas y programas televisivos es uno de los recursos culturales y económicos más valiosos de la Nación. Según un informe del 2010 de la Asociación Cinematográfica de los Estados Unidos, la industria del cine y la televisión fue uno de los principales patronos del sector privado en el 2008, ya que empleó aproximadamente a 2.4 millones de personas y generó $41.7 mil millones de dólares en salarios a trabajadores estadounidenses, con un salario promedio de 26% más alto que el promedio nacional. La industria también fue una fuerza muy importante para pequeños negocios, generando aproximadamente $40 mil millones de dólares en pagos a más de 144,000 negocios en el 2008. El impacto de la industria del cine y la televisión tuvo un efecto positivo considerable en la base contributiva, generando $15.7 mil millones de dólares en ingresos al fisco provenientes de contribuciones federales en el 2008. La industria también es una de las más competitivas en el mundo, ya que genera constantemente una balanza comercial positiva en prácticamente todos los países donde hace negocios. Según el mismo informe, la industria del cine y la televisión generó aproximadamente $13.6 mil millones de dólares en exportaciones de servicios audiovisuales en el 2008, lo cual representa un excedente comercial positivo de $11.7 mil millones de dólares. Dicho excedente superó los excedentes generados en los sectores de servicios de telecomunicaciones, gerencia y consultoría, legales, médicos, computadoras y seguros.

A los fines de promover el desarrollo de las industrias del cine y la televisión en Puerto Rico y capitalizar sus impactos económicos correspondientes, el Gobierno de Puerto Rico promulgó la Ley Núm. 362 de 24 diciembre de 1999, disponiendo incentivos para fomentar la inversión en la producción cinematográfica y en proyectos de infraestructura relacionados. Desde la promulgación de dichos incentivos, las industrias del cine y la televisión han reflejado un crecimiento continuo, generando contribuciones significativas para la economía de Puerto Rico y creando miles de empleos. En los diez años que han transcurrido desde la promulgación de la Ley Núm. 362, estas industrias han generado aproximadamente $481 millones de dólares en actividad económica. El nivel de rendimiento económico generado por estas industrias también ha reflejado un crecimiento continuo año tras año, habiendo crecido aproximadamente 300% entre el año 2000 y el año 2009. En el 2009 solamente, $22 millones de dólares en créditos generaron $118 millones de dólares en actividad económica total en las industrias del cine y la televisión.

A pesar de que la Ley Núm. 362 ha sido instrumental en fomentar el crecimiento de las industrias del cine y la televisión, las condiciones competitivas actuales de la industria requieren que el marco de incentivos aplicables sea revisado y ampliado para cubrir nuevos medios y poner la estructura de costo de Puerto Rico a la par o menos que en otras jurisdicciones principales, tales como Connecticut, Georgia, Louisiana, Massachusetts, Michigan y Nuevo México.

La promulgación de regímenes de incentivos competitivos le ha permitido a estas jurisdicciones experimentar un crecimiento superior año tras año, mucho más acelerado que en Puerto Rico, lo cual les ha permitido tener una participación cada vez mayor en el mercado cinematográfico. En muchos casos, estas jurisdicciones promulgaron programas de incentivos posterior a la Ley Núm. 362. Por ejemplo, en el caso de Nuevo México, un estado que ha ofrecido beneficios de producción cinematográfica similares a los que han de otorgarse bajo esta Ley desde el 2002, reflejan que los gastos directos totales aumentaron de $29 millones a $253 millones en el periodo de cinco años, entre el 2003 y el 2007. La cantidad de empleos también aumentó de 362 empleados directos en el 2003 a más de 2,280 empleados directos durante el mismo periodo de cinco años. Los impactos indirectos generaron $165.5 millones de dólares adicionales en gastos y 1,609 empleos en el 2007, lo cual elevó el rendimiento económico total a $418.3 millones de dólares y los empleos a 3,829. Otras jurisdicciones como Connecticut, Georgia, Louisiana, Massachusetts y Michigan han tenido experiencias positivas similares en términos de crecimiento de ingresos y empleos en la industria de la producción cinematográfica, a raíz de la promulgación de incentivos contributivos similares a los de Puerto Rico.

Además de una estructura de costo competitiva, el Gobierno de Puerto Rico también tiene que estimular el desarrollo de una infraestructura de medios necesaria para lograr el tipo de crecimiento superior experimentado por otras jurisdicciones con tales incentivos de producción. La falta de facilidades físicas y legislaciones adecuadas para la producción cinematográfica y televisiva en Puerto Rico ha imposibilitado que la Isla desarrolle plenamente su potencial en la industria cinematográfica. La creación de zonas de desarrollo cinematográfico en Puerto Rico, junto con el desarrollo y la operación de estudios de cine y televisión vanguardista de gran escala, proveerá a Puerto Rico la plataforma necesaria para atraer y acomodar productores y artistas de cine locales, nacionales e internacionales, y motivará a tales productores y artistas a realizar sus películas en Puerto Rico. Al promover su industria cinematográfica mediante la creación de zonas para el desarrollo de películas, equipada con facilidades vanguardistas para la producción cinematográfica, Puerto Rico atraerá significativas inversiones extranjeras directas, lo cual se espera tendrá un impacto económico sustancial. Además de los beneficios directos que aportará a la industria cinematográfica, el desarrollo de tal infraestructura estimulará otros sectores relacionados de la economía puertorriqueña, tales como la construcción, transportación, industria hotelera, comida y bebida, recreación, turismo, entretenimiento y ventas al detal. El crecimiento de estas industrias promoverá, a su vez, el desarrollo económico general de Puerto Rico, estimulará aún más la inversión privada y el desarrollo en otros sectores, y proveerá nuevas y mayores oportunidades de empleo, todo lo cual beneficiará significativamente el bienestar general del Pueblo de Puerto Rico.

A fines de lograr lo anterior y desarrollar aún más las industrias del cine y la televisión en Puerto Rico, la presente Ley faculta al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, a través de la Corporación para el Desarrollo de las Artes, Ciencias e Industria Cinematográfica de Puerto Rico, a otorgar incentivos para desarrollar en Puerto Rico una industria cinematográfica y televisiva de clase mundial, y desarrollar, construir y operar facilidades de producción vanguardistas de importancia global.

La Ley también incluye nuevos medios audiovisuales, tales como los anuncios y los videos musicales, pues son éstos los medios que funcionan como talleres de adiestramiento para nuevos técnicos de cine y televisión. Además, el incremento de producción de estos medios aumentará la inversión en estudios de post producción y brindará taller a editores y otros profesionales de esta fase de la realización audiovisual. Esta Ley también continúa apoyando los proyectos de televisión, pues éstos utilizan facilidades existentes, son un taller para nuestro talento frente a cámara e incentivará que las cadenas de televisión establezcan centros de producción en Puerto Rico para el mercado nacional general.

Por último, esta Ley promueve la responsabilidad histórica de Puerto Rico y nuestro compromiso actual de incentivar y promover el intercambio tecnológico, económico y cultural y el diálogo entre las culturas económicas y sociales preponderantes en nuestro hemisferio.

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES Artículos 1.1 a 9.7
Artículo 1.1 Título.-

Esta Ley se conocerá como la “Ley de Incentivos Económicos para la Industria Fílmica de Puerto Rico”.

Artículo 1.2 Clasificación de las disposiciones.-

Las disposiciones de esta Ley...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR