Ley Núm. 92 de 16 de junio de 2011, para declarar como Política Pública del Gobierno de Puerto Rico la preparación de las personas que interesen contraer matrimonio y enmendar el Artículo 23 de la Ley Núm. 24 de 22 de abril de 1931, según enmendada, para ofrecer a los contrayentes que soliciten una licencia de matrimonio, la disponibilidad de un Curso de Orientación Prematrimonial; describir el contenido y los requisitos del Curso; asignar al Departamento de la Familia la responsabilidad de diseñar, reglamentar, impartir, acreditar instituciones comunitarias para colaborar en la difusión del Curso, para la preparación, evaluación, revisión del mismo y disponer plazos de vigencia.

EventoLey
Fecha16 de Junio de 2011

(P. de la C. 535)

LEY NUM. 92

16 DE JUNIO DE 2011

Para declarar como Política Pública del Gobierno de Puerto Rico la preparación de las personas que interesen contraer matrimonio y enmendar el Artículo 23 de la Ley Núm. 24 de 22 de abril de 1931, según enmendada, para ofrecer a los contrayentes que soliciten una licencia de matrimonio, la disponibilidad de un Curso de Orientación Prematrimonial; describir el contenido y los requisitos del Curso; asignar al Departamento de la Familia la responsabilidad de diseñar, reglamentar, impartir, acreditar instituciones comunitarias para colaborar en la difusión del Curso, para la preparación, evaluación, revisión del mismo y disponer plazos de vigencia.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Según nuestra sociedad ha ido evolucionando, ha sido necesario tomar medidas para que las instituciones sociales tradicionales, que dan cohesión a un pueblo, puedan acoplarse con las nuevas dinámicas económicas, políticas, legales y sociales que van surgiendo. Por tal razón es común que se tomen medidas para incentivar la preservación de la familia, reconociendo derechos adquiridos a las parejas. También es usual que existan disposiciones legales y reglamentarias que impongan y exijan cumplimiento de obligaciones como, por ejemplo, las Pensiones de Alimentos.

Dentro de esa política pública, nuestro ordenamiento jurídico ha tendido a facilitar y promover, en lo posible, que se advenga al estado civil de matrimonio. Esto, en gran medida, deriva de la experiencia del pasado histórico en que grandes sectores de la población quedaban desprovistos de las protecciones de...

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