Ley Núm. 101 de 27 de Junio de 2008 de Enmienda de Código de Rentas Internas

EventoLey
Fecha27 de Junio de 2008

Ley Núm. 101 de 27 de junio de

2008

(P. de la C. 4220)

Para añadir el inciso 58 a la Sección 1022(b) del “Código de Rentas Internas de 1994”, Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994, según enmendada, para eximir de tributación los salarios devengados y compensación recibida por investigadores y científicos elegibles que realicen investigaciones y estudios en Puerto Rico en una institución de educación superior bajo los parámetros de una propuesta de investigación científica a los Institutos Nacionales de la Salud (NIH) u otra organización del gobierno federal análoga o del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las recientes tendencias de la economía claramente exponen al conocimiento como fundamento de desarrollo. Al enfrentar los nuevos retos de economías integradas y de la resaltada importancia que tiene el desarrollo de la investigación científica para avanzar dicha integración económica, resulta imperioso que Puerto Rico cree incentivos que promuevan la ejecución de investigaciones que generen avances en áreas científicas, especialmente en el área de salud. Los científicos investigan las causas, los tratamientos y las posibles curas de las enfermedades más comunes y también de las más inusuales.

El desarrollo de la ciencia y la tecnología implica una mejoría en la calidad de vida y salud de los ciudadanos. Avances en estas áreas en los países más desarrollados han sido promovidos por un esfuerzo combinado de sectores públicos y privados. En Estados Unidos, por ejemplo, las inversiones anuales para la investigación y su desarrollo ascienden a $284 billones.

Puerto Rico debe jugar un papel protagónico en la promoción, estímulo y cultivo de la producción científica del país, así como preservar, difundir y ampliar su patrimonio científico. Habida cuenta que en este papel protagónico se difunde dos intereses de gran importancia, a saber, la investigación científica y la salud, la Universidad de Puerto Rico y otras instituciones de educación superior son los entes públicos cuyo conocimiento especializado aunado debe actuar para esos fines de promoción, estímulo y cultivo de la investigación científica y médica.

En Estados Unidos, los Institutos Nacionales de Salud (“NIH” por sus siglas en inglés), una agencia del Departamento de Salud y Servicios Sociales, invierten anualmente miles...

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