Ley Núm. 305 de 17. Diciembre de 2003 de Enmienda Ley de Oficina de Asuntos de la Vejez

EventoLey
Fecha17 de Diciembre de 2003

Ley Núm. 305 de 17 de diciembre de 2003

Para derogar el inciso (n) del Artículo 5 de la Ley Núm. 68 de 11 de julio de 1988, según enmendada, conocida como "Ley de la Oficina para los Asuntos de la Vejez"; derogar el inciso (o) del Artículo 3, así como renumerar los actuales Artículos 7, 8 y 9 como Artículos 11, 12 y 13, respectivamente, como también adicionar nuevos Artículos 7, 8, 9, y 10, todos en la Ley Núm. 121 de 12 julio de 1986, según enmendada, mejor conocida por "Carta de Derechos de las Personas de Edad Avanzada", con el propósito de transferir la "Línea Dorada" de la Oficina para los Asuntos de la Vejez al Departamento de la Familia; establecer responsabilidades; y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Entre las necesidades apremiantes para las personas, de edad avanzada, esta proveerle herramientas más efectivas para que puedan reclamar los derechos que le son reconocidos en nuestro ordenamiento y en programas gubernamentales. Precisamente, se ha identificado que la mayoría de éstos carecen de los recursos para ejercer y reclamar válidamente los beneficios y derechos que se les han concedido. Es por ello que mediante legislación se estableció una línea directa de emergencia y ayuda a personas de edad avanzada, denominada como "Línea Dorada", para que a través de ella, este segmento poblacional o cualquier ciudadano informe situaciones de emergencia, maltrato o negligencia las veinticuatro (24) horas del día, los siete (7) días a la semana.

No obstante, al promulgarse la Ley Núm. 331 de 2 de septiembre de 2000 que crea la "Línea Dorada" no se otorgaron fondos para su operación. Para que la Oficina para los Asuntos de la Vejez pueda establecer dicha línea sería necesario asignarle aproximadamente medio millón (500,000) de dólares.

Actualmente el Departamento de la Familia tiene disponible y funcionando proyectos similares a la "Línea Dorada", esto son: "Línea de Maltrato" y "Línea de Orientación" e incluso los operadores de estas líneas están localizados en una misma área operacional. Por tanto, ante esta situación y en aras de utilizar eficientemente los recursos económicos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, se le transfiere al Departamento de la Familia la responsabilidad de ofrecer y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR