Ley Núm. 023 de 05 de Enero de 2002. Semana de la Protección a los Derechos Humanos

EventoLey
Fecha 5 de Enero de 2002

(P. de la C. 1214)

LEY NUM. 23

5 DE ENERO DE 2002

Para declarar y establecer la tercera semana del mes de abril de cada año como la "Semana de la Protección a los Derechos Humanos".

EXPOSICION DE MOTIVOS

El pueblo de Puerto Rico, orgulloso de su sociedad pluralista y de su sistema republicano de gobierno, es consciente de que las libertades y garantías que le ofrece el Estado a los ciudadanos, son fundamentos insustituibles del Sistema de Gobierno que disfrutamos.

Sistema, que tiene como piedra angular a nuestra Constitución, como fuente de derechos y deberes que atesoramos, observamos y respetamos.

Los derechos humanos, en dicho contexto constitucional, tienen por su propia naturaleza preeminencia y rigen sobre los actos civiles que acontecen en nuestra isla.

El Preámbulo mismo de nuestra Constitución, en su primer párrafo, habla por sí mismo y expresa muy claramente que: "Nosotros, el pueblo de Puerto Rico, a fin de organizarnos políticamente sobre una base plenamente democrática, promover el bienestar general y asegurar para nosotros y nuestra posteridad el goce cabal de los derechos humanos, puesta nuestra confianza en Dios Todopoderoso, ordenamos y establecemos esta Constitución para el Estado Libre Asociado que en el ejercicio de nuestro derecho natural ahora creamos dentro de nuestra unión con los Estados Unidos de América".

Como hemos citado, es nuestra propia Constitución, en el primer párrafo de su preámbulo, la que destaca que el propósito principal de la organización política de este pueblo es asegurar a sus conciudadanos el goce cabal y pleno de los derechos humanos.

Por tanto, corresponde al Estado, que adoptó y legalizó la Constitución, el convertirse en el instrumento o vehículo supremo para canalizar y concretizar tal garantía, la que pertenece al pueblo puertorriqueño y no fue delegada.

Durante nuestro devenir histórico los seres humanos han intuido la existencia de unos derechos que son fundamentales e inherentes a su dignidad. Estos agrupan un conjunto de valores y acuerdos que funge de unificador ante la diversidad social existente. Estos derechos pertenecen, por igual, a todo ser humano. Se caracterizan por ser fundamentales, inalienables y universales. Ellos preceden a toda autoridad gubernamental y su aplicabilidad es de tal naturaleza que no permiten el discrimen ni...

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