Sentencia nº AC-2005-73 de Tribunal Supremo, 27 de Abril de 2010 (caso Sentencia Nº AC-2005-73 de, 27 de Abril de 2010)

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Procedimiento Civil - Sentencia Sumaria

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Sentencia nº AC-2005-73 de Tribunal Supremo, 27 de Abril de 2010 (caso Sentencia Nº AC-2005-73 de, 27 de Abril de 2010)

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Ana Rosa Nieves Díaz Apelante v

Sixto González Massas Apelado Certiorari 2010 TSPR 65 178 DPR ____ Número del Caso: AC-2005-73 Fecha: 27 de abril de 2010 Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Arecibo Jueza Ponente: Hon. Mildred Pabón Charneco Abogada de la Parte Peticionaria: Lcda. Maritza Miranda López Abogado de la Parte Recurrida: Lcdo. Julio Berríos Jiménez Materia: Daños y Perjuicios Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad

Ana Rosa Nieves Díaz Apelante v. AC-2005-73 Sixto González Massas Apelado Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado señor Kolthoff Caraballo San Juan, Puerto Rico, a 27 de abril de 2010

La señora Ana Rosa Nieves Díaz (peticionaria Nieves) comparece ante este Foro mediante un recurso de apelación -el cual acogimos como una solicitud de certiorari por ser lo procedente en derecho- y nos solicita que revisemos una sentencia emitida por el Tribunal de Apelaciones, mediante la cual se modificó una determinación del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón

A través de sentencia sumaria, el tribunal de instancia desestimó la demanda de daños y perjuicios presentada por la peticionaria Nieves y declaró con lugar la reconvención interpuesta por el señor Sixto González Massas (recurrido González). En la etapa apelativa, el Tribunal de Apelaciones sostuvo la decisión del foro de instancia en cuanto a desestimar la demanda, pero revocó la determinación de declarar con lugar la reconvención, pues concluyó que existían unas controversias de hechos que no permitían la disposición sumaria del pleito. Así, pues, ese tribunal apelativo ordenó la continuación de los procedimientos ante el foro de instancia

Nos corresponde examinar si el Tribunal de Apelaciones actuó correctamente al resolver lo siguiente: (1) confirmar la desestimación –mediante sentencia sumaria- de la demanda de daños y perjuicios presentada por la peticionaria Nieves; y (2) devolver el caso al foro de instancia para que se evaluaran dos asuntos relacionados con la reconvención presentada por el recurrido González, ya que existían controversias de hechos en cuanto a: (a) la presunción de ganancialidad de la deuda contraída por el señor Ángel Rodríguez Bracero (Rodríguez Bracero) mientras estuvo casado con la peticionaria Nieves; y (b) la validez de una escritura de liquidación de bienes gananciales otorgada por la peticionaria Nieves y Rodríguez Bracero

Por las razones que discutimos más adelante, este Tribunal revoca la decisión emitida por el Tribunal de Apelaciones

I Este caso tiene su origen en una querella presentada por el recurrido González en contra de Rodríguez Bracero h/n/c A.R. Construction ante el Departamento de Asuntos del Consumidor (D.A.Co.). Como expondremos más adelante en detalle, ante el incumplimiento de Rodríguez Bracero con una orden emitida por esa agencia administrativa, se presentó el caso Civil Núm. DAC-1999-0391 en el tribunal de instancia. Ese foro emitió una sentencia que tampoco fue cumplida por Rodríguez Bracero, lo que provocó que se ordenara una anotación preventiva de embargo para asegurar la efectividad de la sentencia. No obstante, el bien inmueble sobre el cual se anotó ese embargo preventivo resultó que constaba inscrito a favor de la peticionaria Nieves, quien no era parte demandada en el pleito DAC-1999-0391. Como consecuencia del alegado perjuicio sufrido por ésta frente al mecanismo de aseguramiento de sentencia concedido a favor del recurrido González, la peticionaria Nieves presentó el caso Civil Núm

DDP-2004-0055 ante el foro de instancia

Debido al entramado procesal ...

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