Ley Núm. 392 de 08. Septiembre de 2000 de Enmienda Código de Seguros

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Última modificación 08/09/2000

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Ley Núm. 392 de 08. Septiembre de 2000 de Enmienda Código de Seguros

Para enmendar capítulo XXI del Código de Seguros de 1957

LEY NUM. 392 8 DE SEPTIEMBRE DE 2000

Para enmendar el título del capítulo XXI; enmendar el Artículo 21.010, adicionar los Artículos 21.230 al 21.340 de la Ley Núm. 77 de 21 de junio de 1957, según enmendada, conocida como Código de Seguros de Puerto Rico, a los fines de reglamentar los contratos de servicio en Puerto Rico y para otros fines.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Es deber del Gobierno de Puerto Rico velar por los intereses del consumidor puertorriqueño, que día a día se enfrenta a innovaciones en el mercado, producto de la dinámica en la economía global, como son las garantías extendidas o contratos de servicio.

Los contratos de servicio constituyen una alternativa de protección que le permite al comprador conservar el bien adquirido en condiciones adecuadas de operación y funcionamiento.

Dichos contratos ofrecen, a cambio del pago de honorarios, realizar reparaciones o reemplazar un bien en caso de que éste sufra determinados desperfectos o fallas causados por defectos en materiales, mano de obra o por otras causas.

En los Estados Unidos los contratos de servicio están disponibles al consumidor desde hace muchos años.

Estos constituyen una alternativa para el consumidor que les brinda una mayor protección, permitiéndole conservar el bien adquirido en condiciones de operación y funcionamiento adecuados.

Actualmente no existe legislación en Puerto Rico que defina y reglam...

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