Ley Núm. 267 de 10 de Septiembre de 2004. Ley sobre Política Pública de Desarrollo Sostenible

EventoLey
Fecha10 de Septiembre de 2004

Ley Núm. 267 de 10 de septiembre de 2004

(P. de la C. 4185)

Para establecer la política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico sobre su desarrollo sostenible y para disponer el establecimiento de la Comisión para el Desarrollo Sostenible de Puerto Rico, definir su autoridad y poderes, y establecer sus funciones y composición.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los últimos años de la década de los sesenta y la década de los setenta son mencionados, con mucha frecuencia, como los años de los inicios de importantes movimientos cívicos nacionales e internacionales. De una extraordinaria importancia ha sido el comienzo, durante ese periodo, de una participación ciudadana muy activa y en continuo crecimiento, en la formación de la opinión pública sobre asuntos transcendentales para la humanidad. Ejemplo de ello han sido las manifestaciones en contra de la guerra y promoviendo la paz, la justicia social y la protección del ambiente y los recursos naturales.

En 1970, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico dio un importante paso de avance hacia la protección de la verdadera base de su futuro desarrollo. La aprobación de la "Ley Sobre Política Pública Ambiental" sirvió para declarar como su política pública ambiental la utilización de "todos los medios y medidas prácticas con el propósito de alentar y promover el bienestar general, para crear y mantener las condiciones bajo las cuales los seres humanos y la naturaleza puedan existir en armonía productiva y cumplir con las necesidades sociales y económicas y cualesquiera otras que puedan surgir con las presentes y futuras generaciones de puertorriqueños." Además, dicha Ley también creó la Junta de Calidad Ambiental, convirtiéndose esa agencia en la primera institución en América dedicada a la protección del ambiente. La "Ley Sobre Política Pública Ambiental" constituyó el primer y principal esquema estatutario adoptado en Puerto Rico para atender de modo integral los asuntos concretos que se plantean en el país en relación a la administración y protección del medio ambiente.

Al aprobarse la "Ley Sobre Política Pública Ambiental" se tomó en consideración el "profundo impacto de la actividad del hombre en las interrelaciones de todos los componentes del medio ambiente natural" y "la importancia crítica de restaurar y mantener la calidad del medio ambiente para el total bienestar y desarrollo del hombre". No obstante, lo que es aún de mayor relevancia para el futuro de Puerto Rico fue el reconocimiento y la declaración, como parte de esa política pública, de la necesidad de lograr un balance entre las actividades del hombre y la protección ambiental: así como la necesidad de lograr un balance entre el satisfacer las necesidades de las presentes generaciones y salvaguardar el derecho de las futuras generaciones a poder satisfacer sus propias necesidades.

Una retrospección sobre los treinta y tres años que han transcurrido desde la adopción de la política pública ambiental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico se hace evidente la importancia del paso dado en el 1970. Dos años más tarde, en 1972, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) llevó a cabo, en Estocolmo, la primera conferencia de relevancia sobre el ambiente. La declaración resultante de esa conferencia, conocida como la Declaración de Estocolmo, trajo a la luz pública los problemas de contaminación, destrucción de recursos y daños al ambiente y los peligros existentes para ciertas especies; así como la necesidad de mejorar el bienestar social de la población humana. A partir de ésta, las naciones del Mundo han continuado desarrollando sus esfuerzos y acuerdos de cooperación para garantizar a la humanidad la armonía promovida por nuestra política pública ambiental, para beneficio de las presentes y futuras generaciones. De particular importancia han sido los trabajos de la Comisión Mundial sobre Ambiente y Desarrollo, en 1987, la cual fue presidida por la entonces Primer Ministro de Noruega, Hon. Gro Harlem Brundtland; la Conferencia de la ONU sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro, Brasil, en 1992, también conocida como la Cumbre de la Tierra; la Conferencia Global sobre el Desarrollo Sostenible de las Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, celebrada en Barbados, en 1994; y la Cumbre Mundial de Desarrollo Sostenible, celebrada en Johannesburgo, Sur África, en 2002.

La Conferencia Global sobre el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo sirvió para el establecimiento de políticas y acciones específicas a ser ejecutadas a nivel nacional, regional e internacional para cumplir con la Agenda 21 en países isleños. Esta fue la primera conferencia que convirtió la Agenda 21 en un programa de acción para un grupo de países. La Declaración de Barbados y el Programa de Acción para el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, establecieron quince áreas prioritarias para acciones específicas: Cambios climáticos y aumento del nivel del mar; Desastres naturales y ambientales; Manejo de los desperdicios sólidos; Recursos costeros y marinos; Abastos de agua; Terrenos; Energía; Turismo; Diversidad biológica; Instituciones nacionales y capacidad administrativa; Instituciones regionales y cooperación técnica; Transportación y comunicación; Ciencia y tecnología; Desarrollo de recursos humanos; e Implantación, monitoría y revisión.

La Cumbre Mundial de Desarrollo Sostenible se enfocó, principalmente, en dar atención a cinco áreas temáticas: agua, energía, salud, agricultura, y biodiversidad y manejo de ecosistemas. Estas áreas temáticas son importantes para la consideración y ejecución de acciones internacionales coherentes dirigidas al logro del desarrollo sostenible. Entre las acciones y resultados más importantes de la Cumbre Mundial de Desarrollo Sostenible se destacan los siguientes:

La reafirmación del desarrollo sostenible como un elemento central de la agenda internacional y la necesidad de darle nuevos ímpetus a la acción global en contra de la pobreza y para la protección del ambiente.

Se amplió y reforzó el entendimiento del desarrollo sostenible; en particular, la importancia de la relación entre la pobreza, el ambiente y el uso de los recursos naturales.

• Los gobiernos acordaron y reafirmaron una amplia gama de compromisos y acciones dirigidas a lograr una más efectiva implantación de los objetivos del desarrollo sostenible.

• El saneamiento y los asuntos energéticos fueron elementos críticos de las negociaciones, en grados mayores que en reuniones internacionales previas sobre desarrollo sostenible.

• Se le dio prominencia a los puntos de vista de la sociedad civil, en reconocimiento de su rol relevante en la implantación de los resultados de la Cumbre y la promoción de iniciativas cooperativas (partnership initiatives).

• Se le dio mayor relevancia e impulso al concepto de asociaciones (partnerships) entre los gobiernos, comerciantes y la sociedad civil.

El creciente interés mundial sobre este tema ha aumentado el nivel de conciencia sobre los aspectos ambientales del desarrollo, la cual se mantuvo escasa y hasta ausente en la historia de nuestra región. No obstante, aun no se han superado los problemas que representan el que algunos sectores consideren que los principios de protección ambiental y de desarrollo sostenible constituyen restricciones o impedimentos para el desarrollo económico y social. Estas concepciones incorrectas o equivocadas han limitado la capacidad de los países para detener el creciente deterioro ambiental de ecosistemas críticos y controlar la...

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