ley 149 de puerto rico
- Ley Núm. 85, 08/07/17, 1 Sesión Ordinaria, Efectivo inmediatamente.
- Ley Núm. 104, 08/01/16, 7 Sesión Ordinaria, Efectivo inmediatamente.
- Ley Núm. 18, 01/21/18, 2 Sesión Ordinaria, Efectivo inmediatamente.
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 21 de Marzo de 2012 - 184 DPR 898
Derecho Administrativo, Procedimiento, Jurisdicción. Las partes tienen que tener legitimación para solicitar la intervención judicial por los daños sufridos por la agrupación y para vindicar los derechos de la entidad. Los recurridos no tienen Legitimación activa (standing) en procedimientos administrativos tramitados bajo la Ley 96 2000.
... EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO ... Justo Lozada Sánchez, Juan ... 149 Al Tribunal no le importó que esas normas ... - Ley Núm. 14, 01/21/18, 2 Sesión Ordinaria, Efectivo inmediatamente ,no obstante, los módulos deberán estar debidamente diseñados e integrados en el currículo general de enseñanza del Sistema de Educación Pública a partir del curso escolar 2018-2019.
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Res. Conj. 29, 05/15/15, 5 Sesión Ordinaria, Efectivo inmediatamente.
... ordenar al Departamento de Educacion de Puerto Rico a definir el termino ``Desercion Escolar'' ... 149-1999, segun enmendada, conocida como ``Ley ...
- Ley Núm. 152, 08/09/16, 7 Sesión Ordinaria, Efectivo inmediatamente.
- Ley Núm. 87, 08/07/17, 1 Sesión Ordinaria, Efectivo inmediatamente.
- Ley Núm. 149 de 4 de agosto de 2012, para enmendar el Artículo 6 de la Ley 113-1996, según enmendada, con el fin de crear el 'Registro de Organizaciones de Servicio Comunitario', adscrito a la Comisión Especial Conjunta Sobre Donativos Legislativos de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico; y realizar correcciones técnicas.
- Ley Núm. 85, 03/29/18, 3 Sesión Ordinaria, Efectivo inmediatamente ,salvo el Programa de Libre Selección de Escuelas establecido en el Capítulo XIV, el cual deberá estar listo para comenzar a operar en el año fiscal 2019-2020.
- Ley Núm. 161 de 29 de julio de 2011, para enmendar el Artículo 1.03 de la Ley Núm. 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada, conocida como 'Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico', y los artículos 3.06, 3.08 y 3.19 de la Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, según enmendada, conocida como 'Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico', a los fines de autorizar la denegación o suspensión, según sea el caso, de la licencia para conducir vehículos de motor a una persona menor de dieciocho (18) años que no cumpla con la asistencia obligatoria a las escuelas según establecida por Ley; y para otros fines relacionados.
- Ley Núm. 89, 08/07/17, 1 Sesión Ordinaria, Efectivo inmediatamente.
- Ley Núm. 76 de 16 de agosto de 2009, para enmendar el Artículo 5.07 y el inciso (q) del Artículo 6.03 de la Ley Núm. 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada, conocida como 'Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico', a los fines de incorporar los seis elementos claves de la ruta hacia el conocimiento del profesional del mañana; y para otros fines.
- Ley Núm. 165 de 29 de julio de 2011, para enmendar el Artículo 1.03 de la Ley Núm. 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada, conocida como 'Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico', a los fines de ordenar al Secretario de Educación a proveer información al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico para crear un Sistema de Detección Temprana de Desertores y rendir anualmente un 'Reporte de Deserción Escolar' al Gobernador y a la Asamblea Legislativa.
- Ley Núm. 189 de 22 de diciembre de 2009, para enmendar el Artículo 81 de la Ley Núm. 149 de 18 de junio de 2004, conocida como 'Código Penal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico', a los fines de hacer obligatoria la pena agregada en los casos de reincidencia agravada; y para otros fines.
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 13 de Diciembre de 2010 - 180 DPR 253
... EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO ... Universidad de Puerto Rico ... Gobernador , 167 D.P.R. 149, 160-161 (2006) ... Por esa razón, hemos ...
- Ley Núm. 84 de 20 de agosto de 2009, para enmendar el Artículo 2.23 de la Ley Núm. 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada, conocida como 'Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico' a los fines de establecer la obligatoriedad del Secretario de Educación de constituir en un término de treinta días laborables un nuevo Consejo Escolar luego de éste haber sido disuelto.
- Ley Núm. 188 de 22 de diciembre de 2009, para añadir un inciso (r) al Artículo 72 de la Ley Núm. 149 de 18 de junio de 2004, conocida como 'Código Penal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico', a los fines de incluir, entre los hechos que se consideran circunstancias agravantes a la pena, el que la víctima del delito sea pariente dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad del convicto.
- Ley Núm. 117 de 7 de octubre de 2009, para enmendar el Artículo 198 de la Ley Núm. 149 de 18 de junio de 2004, denominada como 'Código Penal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico', con el fin de aplicar la pena de restitución al delito del robo.
- Ley Núm. 158 de 29 de octubre de 2010, para añadir un nuevo Artículo 208-A a la Ley Núm. 149 de 18 de junio de 2004, según enmendada, conocida como 'Código Penal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico', a los fines de establecer un nuevo delito sobre la obstrucción y paralización de obras; y para otros fines relacionados.
- Ley Núm. 167 de 16 de diciembre de 2009, para enmendar el Artículo 125 de la Ley Núm. 149 de 18 de junio de 2004, según enmendada, conocida como 'Código Penal del Estado Libre Asociado de Puerto Rico', a fin de incorporar los elementos de lesiones a la dignidad humana y salud mental de los aspirantes a fraternidades, sororidades u organizaciones; definir el tipo de conducta que constituye tal lesión; y clasificar dicha conducta como delito menos grave.
- Ley Núm. 168 de 16 de diciembre de 2009, para enmendar el Artículo 36 de la Ley Núm. 149 de 18 de junio de 2004, según enmendada, conocida como el 'Código Penal de Puerto Rico, a los fines de disponer que toda tentativa de delito grave conlleva una pena igual a la mitad de la pena señalada para el delito consumado; que dicha pena no puede exceder de diez (10) años la pena máxima de la tentativa y para otros fines.
- Ley Núm. 45 de 31 de marzo de 2011, para enmendar el Artículo 206 de la Ley Núm. 149 de 18 de junio de 2004, según enmendada y conocida como 'Código Penal de Puerto Rico', con la finalidad de tipificar la modalidad especial en la que toda persona que al entrar en una finca sin autorización del dueño o encargado de la misma se apropie ilegalmente de cualquier producto agrícola, incurrirá en delito grave de cuarto grado, salvo su valor monetario exceda los mil (1,000) dólares, en cuyo caso se impondrá la pena de tercer grado.
- Ley Núm. 149 de 8 de octubre de 2010, para enmendar el Artículo 21 de la Ley Núm. 70 de 23 de junio de 1978, según enmendada, conocida como 'Ley de la Autoridad de Desperdicios Sólidos en Puerto Rico', a los fines de permitir a los desarrolladores de facilidades de reducción, disposición y/o tratamiento de desperdicios sólidos, beneficiarse de los créditos contributivos otorgados mediante dicha Ley.
- Ley Núm. 213 de 26 de agosto de 2012, para crear la 'Ley Habilitadora para el Desarrollo de la Educación Alternativa de Puerto Rico', con el propósito de reconocer la educación alternativa como una corriente dentro del sistema educativo de Puerto Rico; atender, de forma integrada, las necesidades particulares cognoscitivas, académicas, bio-psico-sociales, vocacionales y empresariales de la población de niños y jóvenes que se encuentran fuera de la escuela o con potencial de alto riesgo de abandono escolar; establecer la Comisión de Educación Alternativa, la cual fungirá como ente regulador y fiscalizador de la política pública de la educación alternativa en Puerto Rico; asignar fondos de forma recurrente para la cabal implantación de esta Ley; enmendar el inciso (x), y añadir un nuevo inciso (gg), al Artículo 6.03 de la Ley 149-1999, según enmendada, conocida como 'Ley Orgánica del Departamento de Educación', a los fines de armonizar y crear coherencia entre esta Ley y la antes aludida ley sobre la...