Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 08 D.P.R. 460
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 08 D.P.R. 460 |
08 D.P.R. 460 (1905) FERNANDEZ V. EL REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD
Fernández v. El Registrador de la Propiedad.
Recurso gubernativo contra nota del Registrador de la Propiedad de San
Juan.
No. 5.
Resuelto en Mayo 19, 1905.
EXPOSICION DEL CASO.
Visto el presente recurso gubernativo interpuesto á nombre de Don Clemente
Fernández y Barreto contra negativa del Registrador de la Propiedad de esta
Capital á inscribir una escritura de compra venta de una finca rústica.
Resultando que por escritura pública otorgada en el pueblo de la Carolina
ante el Notario Don Mauricio Guerra Mondragón y Megías en nueve de Julio de
1899 Doña Cármen Aponte, viuda, mayor de edad y propietaria y vecina de
Trujillo-alto, vendió á Don Clemente Fernández y Barreto, propietario y
vecino de la Carolina, una estancia de ciento cuarenta y cuatro cuerdas
superficiales de extensión, sita en el barrio de "Dos Bocas", de la
jurisdicción de Trujillo Alto que tenía inscrita á su favor en el Registro
de la Propiedad de esta Capital, y que presentada dicha escritura al
Registro para su inscripción, en cuatro de Febrero último, le fué denegada
por el Registrador por los motivos que expresa en la nota puesta al pié de
dicha escritura y cuya nota, copiada á la letra, dice así:
"No admitida la inscripción del anterior documento, con arreglo á los
artículos 17 y 20 de la Ley Hipotecaria por resultar del Registro que la
mitad de ocho undécimas partes de la finca vendida aparecen inscritas á
favor de Don José, Don Mateo, Don Ramón, Don Pedro, Don Matías, Don Julio,
Doña Isabel y Doña Dolores Díaz y Aponte, una undécima parte de la misma
finca á favor de cada uno de Don José Máximo y Doña Juana Díaz y Aponte, y
la undécima parte restante, mencionado el derecho de posesión de la misma, á
favor de Don Joaquín Díaz y Aponte, herederos todos de Da. Cármen Aponte, y
la mitad de las ocho undécimas partes primeramente citadas á favor de Don
Frank Antonsanti por venta que le hicieron los ocho Señores Díaz y Aponte
que al principio de esta nota se relacionan, personas distintas todas, de la
vendedora Doña Cármen Aponte, y se ha extendido anotación preventiva al
fólio 103 vuelto del tomo 39 de Trujillo alto, finca 146, anotación letra
A., que tendrá efecto legal durante 120 días de la fecha. --San Juan
Bautista de Puerto Rico, Febrero veinte y cuatro de mil novecientos cinco.
--El Registrador, José Benedicto."
Resultando que notificada dicha nota al...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Septiembre de 1952 - 73 D.P.R. 720
...del que la transfiera o grave, ella conlleva un defecto insubsanable que impide la inscripción del documento. Fernández v. Registrador, 8 D.P.R. 460; v. Registrador, 12 D.P.R. 168; Morales v. Registrador, 12 D.P.R. 159; Zayas Pizarro v. Registrador, 46 D.P.R. 610; Alvarez v. Registrador, 57......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Septiembre de 1952 - 73 D.P.R. 720
...del que la transfiera o grave, ella conlleva un defecto insubsanable que impide la inscripción del documento. Fernández v. Registrador, 8 D.P.R. 460; v. Registrador, 12 D.P.R. 168; Morales v. Registrador, 12 D.P.R. 159; Zayas Pizarro v. Registrador, 46 D.P.R. 610; Alvarez v. Registrador, 57......