Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Noviembre de 1974 - 102 D.P.R. 765

EmisorTribunal Supremo
DPR102 D.P.R. 765
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 1974

102 D.P.R. 765 (1974) HERNÁNDEZ ORTEGA V. TRIBUNAL SUPERIOR

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

WILLIAM HERNÁNDEZ ORTEGA, peticionario

vs.

TRIBUNAL SUPERIOR DE PUERTO RICO, SALA DE ARECIBO,

HON. HERMINIO MIRANDA, JUEZ, demandado

Núm. O-74-114

102 D.P.R. 765

11 de noviembre de 1974

PETICIÓN DE CERTIORARI para revisar una RESOLUCIÓN de Herminio Miranda, J. (Arecibo) declarando sin lugar una moción solicitando la desestimación de ciertas acusaciones. Revocada.

REGLAS DE PROCEDIMIENTO CRIMINAL--PROCEDIMIENTOS PRELIMINARES-- VISTA PRELIMINAR--LOCURA DEL ACUSADO--La defensa afirmativa de locura del sospechoso al realizar los alegados hechos delictivos, puede plantearse en ocasión de la vista preliminar, mas queda incólume también el principio que es suficiente en esta etapa de los procedimientos que el juez determine la existencia o no de causa probable, no teniendo el juez que adjudicar finalmente si dicha defensa afirmativa prevalecerá o no eventualmente, fuera de toda duda, en la vista en su fondo de estos casos.

Pedro A. Otero Fernández y William Fred Santiago, abogados del peticionario.

Myriam Naveira de Rodón, Procuradora General, Peter Ortiz, Procurador General Interino, y Américo Serra, Procurador General Auxiliar, abogados del demandado.

OPINIÓN EMITIDA POR EL JUEZ TRÍAS MONGE

Se denunció al peticionario por el delito de Asesinato en primer grado e infracciones a la Ley de Armas. Durante la vista preliminar se planteó la incapacidad mental del peticionario para enfrentarse a proceso. De acuerdo con lo dispuesto en la Regla 240(d), el juez suspendió la vista y ordenó el traslado del expediente al Tribunal Superior. Celebrados los procedimientos correspondientes se resolvió que el apelante estaba incapacitado mentalmente y se le sometió a tratamiento.

Varios meses más tarde se celebró otra vista para precisar la condición emocional del recurrente. Esta vez se le halló debidamente capacitado y en consecuencia se devolvieron los autos al Tribunal de Distrito para la celebración de la vista preliminar. Llegado su turno, la defensa presentó prueba pericial con el propósito de plantear la defensa de locura del peticionario al momento de la comisión de los delitos. El Juez de Distrito manifestó que le daba entero crédito al testimonio del perito psiquiatra, y así lo admite el Ministerio Público, pero determinó la existencia de causa probable. Radicadas entonces las acusaciones correspondientes en el Tribunal Superior, el peticionario solicitó su desestimación por considerar que su defensa de locura había quedado debidamente establecida y anulaba la determinación de causa probable. Se declaró sin lugar dicha moción, así como otra en reconsideración de tal fallo y el peticionario recurre ante nos por vía de certiorari para revisar las referidas resoluciones del Tribunal Superior.

La controversia planteada es novel en esta jurisdicción. La cuestión a dilucidarse, por supuesto, es si la defensa afirmativa de locura es promovible en la vista preliminar.

[P767]

La Regla 23 de las de Procedimiento Criminal nuestra expresa, con referencia a toda persona a quien se le impute un delito grave, que "La persona podrá contrainterrogar los testigos en su contra y ofrecer prueba en su favor...."

La frase deriva básicamente de la Regla 5(c) de las Reglas Federales de Procedimiento Criminal, aunque la totalidad de nuestra Regla 23 entronca también con disposiciones de nuestro Código de Enjuiciamiento Criminal de 1935, del de California y del Código Modelo. Véase la nota sobre procedencia en 34 L.P.R.A.

Ap. II, R. 23.

Existen divergencias de criterio sobre las funciones que descarga la vista preliminar. Varios comentaristas estiman que la defensa afirmativa de locura no es dilucidable en la vista preliminar. Así lo considera Moore, por ejemplo, quien opina que la defensa afirmativa de coartada puede interponerse en la vista preliminar, pero no la de locura. 8 Moore's Federal Practice, Rules of Criminal Procedure ,

2a. ed., sec. 5.1.02[3], pág. 5.1-12. Véase, además, 1 Orfield, Criminal Procedure under the Federal Rules, 1966, sec. 5.30. No hemos localizado casos federales que así lo sostengan. Se cita a menudo a Charlton v. Kelly,

229 U.S. 449 (1913), sobre el particular, pero éste es un caso de extradición...

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