Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 14 de Septiembre de 1977 - 106 D.P.R. 152

EmisorTribunal Supremo
DPR106 D.P.R. 152
Fecha de Resolución14 de Septiembre de 1977

106 D.P.R. 152 (1977)PUEBLO V. GONZÁLEZ BARRETO

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

EL PUEBLO DE PUERTO RICO, demandante y apelado

vs.

MARIANO GONZÁLEZ BARRETO, acusado y apelante

Núm. CR-76-262

106 D.P.R. 152

14 de septiembre de 1977

SENTENCIA de Roberto Veray Torregrosa, J. (Aguadilla) condenando al acusado por el delito de mutilación. Confirmada.

APOSTILLA

  1. ABOGADO Y CLIENTE--LA PROFESION DE ABOGADO--PRIVILEGIOS, INCAPACIDADES Y RESPONSABILIDADES-- REGULACIÓN DE LA CONDUCTA PROFESIONAL DE LOS ABOGADOS--Un abogado no debe sobrecargar la tarea judicial con planteamientos y recursos frívolos en menoscabo del tiempo y la energía que se debe a los asuntos meritorios.

  2. REGLAS DE PROCEDIMIENTO CRIMINAL--INHIBICIÓN DEL JUEZ Y TRASLADO DEL CASO--INHIBICIÓN-- FUNDAMENTOS--No constituye causa para solicitar la inhibición de un juez en un caso criminal el parentesco de dicho magistrado, dentro del sexto grado de consanguinidad, con el abogado del perjudicado, en una acción civil separada contra el acusado, máxime cuando dicho acusado no solicitó la inhibición del juez en el tribunal de instancia y, además, dicho planteamiento había sido rechazado por el Tribunal Supremo anteriormente por ser irrelevante e inmaterial a la luz de la Regla 76(e) de las de Procedimiento Criminal.

  3. DERECHO PENAL--APELACIÓN, REVISIÓN Y-- Certiorari --FORMA DEL RECURSO, JURISDICCIÓN Y DERECHO DE REVISIÓN--EN GENERAL--APELACIÓN FRIVOLA Interpuesto un recurso de apelación frívolo contra una sentencia criminal, el Tribunal Supremo, por el momento, ha de prevenir a los abogados contra tal práctica, advirtiéndoles de las sanciones al alcance del Tribunal para disuadirlos de tal práctica.

  4. REGLAS DE PROCEDIMIENTO CRIMINAL--NUEVO JUICIO--FUNDAMENTOS --NUEVAS PRUEBAS--No procede declarar con lugar una moción de nuevo juicio en una causa criminal fundada en el descubrimiento del testimonio de un testigo de defensa cuando dicho testigo testificó en la vista preliminar del caso y el acusado tuvo oportunidad de presentarlo como su testigo durante el juicio.

  5. DELITOS CONTRA LA PERSONA, EL ESTADO CIVIL Y LA FAMILIA--MUTILACION--SUFICIENCIA DE LA PRUEBA--EN GENERAL--Examinada la prueba en el caso de autos, el Tribunal Supremo concluye que la misma es suficiente para condenar al acusado por el delito de mutilación.

Wilfredo Figueroa Vélez, abogado del apelante.

Héctor A. Colón Cruz, Procurador General, y Ricardo Alegría Pons, Procurador General Auxiliar, abogados de El...

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