Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 20 de Octubre de 1981 - 111 D.P.R. 589
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 111 D.P.R. 589 |
Fecha de Resolución | 20 de Octubre de 1981 |
RAUL B. MANES HORTA y OTROS, demandantes y recurridos
vs.
CONSTRUCTORA GUAYANES, INC., y OTROS, demandados y recurrentes
Núm. R-79-67
111 D.P.R. 589
20 de octubre de 1981
SENTENCIA PARCIAL de Felipe Pérez Cruz,
J. (Aibonito), que declara con lugar una demanda en cuanto a la responsabilidad de los demandados (excepto uno) y remite a juicio en su fondo la determinación de los daños. Confirmada.
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DAÑOS Y PERJUICIOS--PRINCIPIOS GENERALES--DETERMINACIÓN DE LOS DAÑOS --DAÑOS A LA PROPIEDAD--CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
Examinados los hechos del presente caso--en que parte de terreno de ciertos solares vendidos a los demandantes fueron arrastrados por la corriente de un río en ocasión de fuertes lluvias--el Tribunal concluye que no puede invocarse la fuerza mayor como eximente de responsabilidad de la dueña contratista-vendedora pues las inundaciones en el sector de la construcción eran previsibles y la dueña-contratista-vendedora invadió el propio cauce del río (donde construyó una hilera de casas), no proveyó la franja de seguridad que exige la Junta de Planificación y tampoco tomó otras precauciones necesarias.
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CONTRATOS--EN GENERAL--CUMPLIMIENTO--DEFECTOS EXISTENTES EN CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS Y RENUNCIA--VICIOS DE CONSTRUCCIÓN OCULTOS--RUINA DE UN EDIFICIO.
Si el solar donde enclava una vivienda--parte del cual se perdió al arrastrarlo la corriente de un río en ocasión de fuertes lluvias--es un "edificio" a los fines del Art. 1483 del Código Civil que establece la responsabilidad decenal del arquitecto o contratista, quaere.
Berríos & Menéndez, abogados de las recurrentes Constructora Guayanés, Inc. y las Aguilas Development Corp.
Agustín Mangual Hernández y Osvaldo Pérez Marrero, abogados de los demandantes.
Pedro J. Polanco de Fidler, González & Rodríguez, abogado del recurrido Carlos Meléndez Ramos.
OPINIÓN DEL JUEZ TRÍAS MONGE
Las Aguilas Development Corporation ("Las Aguilas" y "la dueña-contratista-vendedora") realizó las gestiones pertinentes para construir una urbanización colindante en parte con el río Coamo.
Seleccionó al señor Carlos Meléndez Ramos ("el arquitecto") para confeccionar los planos, efectuó otros acuerdos y escogió a Constructora Guayanés, Inc. ("Guayanés"
y "la dueña-contratista-vendedora") para llevar a cabo la obra. En el curso de la construcción Guayanés...
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Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2005, número de resolución KLAN0301086
...no es de aplicación al caso de autos. De igual manera, el Ing. Ramírez Garratón sostiene que en Manes Horta v. Const. Guayanés, Inc., 111 D.P.R. 589 (1981), nuestro más Alto Foro relevó de responsabilidad a la persona que diseñó los planos, por éste no haber ejercido labores de supervisión ......
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Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2005, número de resolución KLAN0301086
...no es de aplicación al caso de autos. De igual manera, el Ing. Ramírez Garratón sostiene que en Manes Horta v. Const. Guayanés, Inc., 111 D.P.R. 589 (1981), nuestro más Alto Foro relevó de responsabilidad a la persona que diseñó los planos, por éste no haber ejercido labores de supervisión ......