Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 15 de Junio de 1983 - 114 D.P.R. 394

EmisorTribunal Supremo
DPR114 D.P.R. 394
Fecha de Resolución15 de Junio de 1983

114 D.P.R. 394 (1983) E.L.A. V.

PUERTO RICO TELEPHONE CO.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, demandante y

recurrido, vs.

PUERTO RICO TELEPHONE COMPANY, demandada y recurrente

Núm. R-82-444

114 D.P.R. 394

15 de junio de 1983

SENTENCIA de Abner Limardo, J. (San Juan), que ordena a la Puerto Rico Telephone Company entregar cierta información a la Oficina de Asuntos Monopolísticos del Departamento de Justicia. Confirmada.

APOSTILLA
  1. REGLAS DE PROCEDIMIENTO CIVIL--PARTES--CAPACIDAD PARA COMPARECER COMO DEMANDANTE O DEMANDADO--EN GENERAL.

    La regla general prevaleciente en el Tribunal Supremo de los Estados Unidos es que las partes en litigios penales o civiles en las cortes federales tienen capacidad sólo para plantear sus propios derechos contra actos alegadamente ilegales del gobierno. La norma no posee rango constitucional y sólo representa uno de varios métodos que emplea voluntariamente el Tribunal para ejercer con moderación y prudencia sus poderes constitucionales. Dicha regla no se ha aplicado uniformemente y tiene reconocidas excepciones.

  2. ID.--ID.--ID.--ID.

    La tendencia actual es decididamente hacia la liberalización y simplificación de las normas que rigen la zona del derecho conocida como " standing " (capacidad para demandar).

  3. ID.--ID.--ID.--ID.

    La doctrina de capacidad para demandar es tan solo un mecanismo que los tribunales utilizan en ocasiones para delimitar su propia jurisdicción, para no adentrarse en los dominios de otras ramas de gobierno, para no lanzarse a resolver cuestiones hipotéticas o planteadas dentro de un contexto inadecuado de hechos.

  4. ID.--ID.--ID.--ID.

    Al adjudicar una controversia sobre standing

    los tribunales deben considerar las fuerzas subyacentes que motivan en la realidad la abstención o intervención judicial en una situación dada; es decisiva la consideración de cuestiones de interés público.

  5. ID.--ID.--ID.--ID.

    En casos de pleitos en que una parte invoca los derechos de un tercero, los tribunales deben considerar la alta deseabilidad de nombrar un amicus curiae para representar al tercero o de que se le notifique al tercero del pleito sin lesionar sus intereses o los del Estado. Cuando puedan lesionarse los intereses del Estado, deberá procederse a nombrar un amicus curiae, nombramiento que debe recaer en un abogado o abogados prominentes, quienes, por fuerza, tendrían que rendir sus servicios pro bono público.

  6. DERECHO CONSTITUCIONAL--DERECHOS PERSONALES, CIVILES Y POLITICOS-- DERECHO A LA PRIVACIDAD--EN GENERAL.

    La Telefónica (Puerto Rico Telephone Company) está facultada para plantear los derechos de intimidad que puedan poseer sus abonados ante un requerimiento del Departamento de Justicia con relación a información del nombre, dirección, fecha de instalación, nombre del usuario anterior, etc. sobre ciertos teléfonos, que son los hechos que caracterizan el caso de autos.

  7. ID.--ID.--ID.--ID.

    Las Secs. 1, 8 y 10 del Art. II de la Constitución del Estado Libre Asociado protegen el derecho de intimidad de nuestros ciudadanos, que ocupa un lugar privilegiado en la gama de derechos que ampara la Constitución, aunque no vence a todo otro valor en conflicto bajo todo supuesto concebible.

  8. DERECHO ADMINISTRATIVO--PODERES Y PROCEDIMIENTOS DE AGENCIAS, FUNCIONARIOS Y AGENTES ADMINISTRATIVOS--INVESTIGACIONES-- NOTIFICACIÓN O CITACIÓN A LOS INTERESADOS.

    La Sec. 10 del Art. II de la Constitución del E.L.A. escuda a los ciudadanos contra citaciones administrativas irrazonables.

  9. ID.--ID.--ID.--ID.

    Se reconocen tres criterios para determinar la razonabilidad de una citación proveniente de una agencia administrativa: ( 1 ) la investigación debe estar dentro de la autoridad de la agencia; ( 2 ) el requerimiento no debe ser demasiado indefinido; y ( 3 ) la información solicitada debe ser pertinente a la investigación.

  10. ID.--ID.--ID.--ID.

    La Oficina de Asuntos Monopolísticos tiene la facultad para expedir citaciones o requerir documentos e información pertinentes a las investigaciones que conduzca.

  11. DERECHO CONSTITUCIONAL--DERECHOS PERSONALES, CIVILES Y POLITICOS-- DERECHO A LA PRIVACIDAD--EN GENERAL.

    En los casos en que la facultad investigativa de una agencia estatal choca con el derecho a la intimidad, la discreción judicial debe ser ejercitada tomando en consideración que la cuestión central es si la persona tiene un derecho razonable a abrigar, donde sea, dentro de las circunstancias del caso específico, la expectativa de que su intimidad se respete.

  12. ID.--ID.--ID.--ID.

    El pago extra por un teléfono privado no concede al abonado inmunidad contra el poder investigativo legítimamente empleado de una agencia gubernamental.

    José R. Ortiz, abogado de la recurrente.

    Miguel Pagán, Procurador General Interino, y Doris M. Santiago, del Departamento de Justicia, abogados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

    OPINION DEL HON. JUEZ SEÑOR TRIAS MONGE

    La Oficina de Asuntos Monopolísticos del Departamento de Justicia de Puerto Rico requirió a la Puerto Rico Telephone Company ("la Telefónica") la información siguiente sobre ciertos teléfonos: (1) el nombre del abonado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
158 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 23 de Septiembre de 1994 - 137 D.P.R. 83
    • Puerto Rico
    • September 23, 1994
    ..."tienen capacidad tan solo para plantear sus propios derechos contra actos alegadamente ilegales del gobierno", E.L.A. v. P.R. Tel. Co., 114 D.P.R. 394, 396 (1983); Zachary v. Tribunal, 104 D.P.R. 267, 271 (1975). La norma no tienen rango constitucional y únicamente es un método que emplean......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 22 de Diciembre de 1995 - 139 D.P.R. 643
    • Puerto Rico
    • December 22, 1995
    ...Hernández Colón, Opinión y Sentencia del 16 de septiembre de 1992, 132 D.P.R.___ (1992) (Hernández Torres II); E.L.A. v. P.R. Telephone, 114 D.P.R. 394, 399 (1983). En un esfuerzo por brindar mayor claridad al marco doctrinal, hemos expresado que una parte demandante posee legitimación acti......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 23 de Junio de 1992 - 130 DPR 782
    • Puerto Rico
    • June 23, 1992
    ...818, 821 (1984) (Libertad de Expresión); Pueblo v. Rivera Arroyo, 120 D.P.R. 115 (1987) (Juicio Rápido), y E.L.A. v. P.R. Tel. Co., 114 D.P.R. 394, 401 (1983) (Derecho a la [8] La distinción entre desacato civil y criminal ha generado mucha jurisprudencia (Oronoz v. Montalvo et. al., 21 D.P......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 15 de Septiembre de 2017
    • Puerto Rico
    • September 15, 2017
    ...Superior, puede 81 DPR 554 los (1959); derechos (3) revelar la de información lesionar fundamentales terceros, ELA v. PR Tel. Co., 114 DPR 394 (1983); (4) se trata de un confidente, según la Regla 515 de Evidencia de 2009, y (5) es información confidencial, según la Regla 514 de Evidencia d......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
154 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 23 de Septiembre de 1994 - 137 D.P.R. 83
    • Puerto Rico
    • September 23, 1994
    ..."tienen capacidad tan solo para plantear sus propios derechos contra actos alegadamente ilegales del gobierno", E.L.A. v. P.R. Tel. Co., 114 D.P.R. 394, 396 (1983); Zachary v. Tribunal, 104 D.P.R. 267, 271 (1975). La norma no tienen rango constitucional y únicamente es un método que emplean......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 22 de Diciembre de 1995 - 139 D.P.R. 643
    • Puerto Rico
    • December 22, 1995
    ...Hernández Colón, Opinión y Sentencia del 16 de septiembre de 1992, 132 D.P.R.___ (1992) (Hernández Torres II); E.L.A. v. P.R. Telephone, 114 D.P.R. 394, 399 (1983). En un esfuerzo por brindar mayor claridad al marco doctrinal, hemos expresado que una parte demandante posee legitimación acti......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 23 de Junio de 1992 - 130 DPR 782
    • Puerto Rico
    • June 23, 1992
    ...818, 821 (1984) (Libertad de Expresión); Pueblo v. Rivera Arroyo, 120 D.P.R. 115 (1987) (Juicio Rápido), y E.L.A. v. P.R. Tel. Co., 114 D.P.R. 394, 401 (1983) (Derecho a la [8] La distinción entre desacato civil y criminal ha generado mucha jurisprudencia (Oronoz v. Montalvo et. al., 21 D.P......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 15 de Septiembre de 2017
    • Puerto Rico
    • September 15, 2017
    ...Superior, puede 81 DPR 554 los (1959); derechos (3) revelar la de información lesionar fundamentales terceros, ELA v. PR Tel. Co., 114 DPR 394 (1983); (4) se trata de un confidente, según la Regla 515 de Evidencia de 2009, y (5) es información confidencial, según la Regla 514 de Evidencia d......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
4 artículos doctrinales
  • Serrano Vélez V. E.L.A., 2001 J.T.S. 94
    • Puerto Rico
    • Síntesis: jurisprudencia derecho administrativo. Tomo II
    • April 16, 2018
    ..."tienen capacidad tan solo para plantear sus propios derechos contra actos alegadamente ilegales del gobierno". E.L.A. v. P.R. Tel. Co., 114 D.P.R. 394, 396 (1983); Zachry International v. Tribunal Superior, 104 D.P.R. 267, 271 (1975); Warth v. Seldin, supra. La facultad de invocar la prote......
  • Implicaciones del uso del G.P.S. en el contexto de los registros y allanamientos
    • Puerto Rico
    • Revista Clave Núm. 10, Enero 2014
    • January 1, 2014
    ...n. 7. 10Lo que requiere un análisis circunstancial. Véanse: Pueblo v. De León Martínez, 132 D.P.R. 746 (1993); E.L.A v. P.R. Tel. Co., 114 D.P.R. 394 (1984); Pueblo v Domínguez Fraguada, 105 D.P.R. 537 (1977); Pueblo v. Yip Berríos, 142 D.P.R. 386 11Katz v. U.S., 389 U.S. 347 (1967) citado ......
  • E.L.A. V. Coca Cola, 1984, 115 D.P.R. 197
    • Puerto Rico
    • Síntesis: jurisprudencia procedimiento criminal. Tomo I
    • January 18, 2019
    ...Sec. 10 de la Constitución de Puerto Rico contra allanamientos, registros e incautaciones irrazonables. En E.L.A. v. P.R. Tel. Co., 1983, 114 D.P.R. 394, el Tribunal expresó que la Sec. 10 del Artículo II de la Constitución de Puerto Rico ampara a los ciudadanos contra citaciones administra......
  • E.L.A. V. Coca Cola, 1984, 115 D.P.R. 197
    • Puerto Rico
    • Síntesis: jurisprudencia derecho administrativo. Tomo I
    • April 14, 2018
    ...Sec. 10 de la Constitución de Puerto Rico contra allanamientos, registros e incautaciones irrazonables. En E.L.A. v. P.R. Tel. Co., 1983, 114 D.P.R. 394, el Tribunal expresó que la Sec. 10 del Art. II de la Constitución de Puerto Rico ampara a los ciudadanos contra citaciones administrativa......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR