Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 29 de Junio de 1990 - 126 D.P.R. 640

EmisorTribunal Supremo
DPR126 D.P.R. 640
Fecha de Resolución29 de Junio de 1990

126 D.P.R. 640 (1990) AB INTESTATO DE SALDAÑA CANDELARIO, EX PARTE

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Ab Intestato de Víctor Manuel Saldaña Candelario, también

conocido como Víctor Saldaña Candelario;

Basilisa Morales Bonilla, Ex parte, peticionaria.

Núm.

CE-89-719

29 de junio de 1990

Petición de Certiorari para revisar una Resolución de Manuel A. Acevedo Hernández, J. (Mayagüez), que dictamina motu proprio que una viuda no tiene derecho a la cuota viudal por haber estado casada bajo el régimen de capitulaciones matrimoniales. Se expide el auto y se revoca la sentencia recurrida.

1.

Sucesiones--Descendencia y Distribución--Personas con Derecho a Suceder--Cónyuge Sobreviviente--Cuota Viudal. El Art. 761 del Código Civil, 31 L.P.R.A. sec 2411, fuente estatutaria de la cuota viudal usufructuaria, no distingue entre cónyuges supérstites cuyos regímenes económico-matrimoniales estuvieron regidos por capitulaciones matrimoniales de aquellos cónyuges supérstites sujetos a las disposiciones de la sociedad legal de gananciales. Ante tal silencio legislativo, tampoco deben hacer tal distinción los tribunales.

2. Marido y Mujer--Contratos con Ocasión del Matrimonio--Capitulaciones Matrimoniales. Aun cuando las capitulaciones matrimoniales constituyen un contrato sujeto al régimen de libertad que impera en nuestro sistema de contratación, las autonomía de la voluntad de las partes no es absoluta. Los otorgantes de capitulaciones matrimoniales no podrán estipular nada que sea contrario a las leyes o a las buenas costumbres ni depresivo de la autoridad que respectivamente corresponda en la familia a los futuros cónyuges. Esa restricción contractual, en armonía con el Art. 1223 del Código Civil, 31 L.P.R.A. sec. 3421, prohíbe generalmente la contratación sobre herencia futura.

3. Id.--Id.--Id.

Los cónyuges que optan por regular su relación matrimonial mediante un régimen de separación no pueden renunciar en forma expresa o tácita al derecho de usufructo viudal. Esto armoniza con el carácter de heredero forzoso que tiene el cónyuge viudo.

4.

Sucesiones--Descendencia y Distribución--Personas con Derecho a Suceder--Cónyuge Sobreviviente--Cuota Viudal. Aunque el usufructo viudal --a diferencia del derecho de otros herederos forzosos-- tiene un fin esencialmente ecónomico, sujeto a la imposición de gravámenes y susceptible de transformación mediante equivalencia compensatoria, no puede ser renunciado en capitulaciones matrimoniales.

Santiago Mari Roca, de Biaggi Busquets & Mari Roca, abogado de la peticionaria.

OPINIÓN DEL TRIBUNAL EMITIDA POR EL JUEZ ASOCIADO NEGRÓN GARCIA:

I

Basilisa Morales Bonilla contrajo matrimonio con Víctor M. Saldaña Candelario el 14 de mayo de 1988. Antes de formalizarlo, comparecieron ante el notario Santiago Mari Roca y otorgaron una escritura de Capitulaciones Matrimoniales para regir sus relaciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
21 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Octubre de 2012, número de resolución KLAN201001695
    • Puerto Rico
    • 11 d4 Outubro d4 2012
    ...sujeto al régimen de libertad de pacto reconocido el Código Civil, la autonomía de la voluntad no es absoluta. Ab Intestato Saldaña, 126 D.P.R. 640, 643 (1990); Umpierre v. Torres Díaz, supra. Aquello que es contrario a las leyes o a las buenas costumbres, o depresivo de la autoridad que re......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Agosto de 2013, número de resolución KLAN20120959
    • Puerto Rico
    • 27 d2 Agosto d2 2013
    ...de libertad que impera en nuestro sistema de contratación, la autonomía de las partes no es absoluta. Ab Intestato Saldaña, Ex parte,126 D.P.R. 640, 643 (1990) Por tanto, no podrán los otorgantes estipular nada que fuere contrario a las leyes, o a las buenas costumbres, ni depresivo de la a......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 6 de Junio de 2000 - 151 DPR 225
    • Puerto Rico
    • 6 d2 Junho d2 2000
    ...reconocido en el Código Civil, en estos contratos la autonomía de la voluntad no es absoluta. Ab Intestato de Víctor Manuel Saldaña, 126 D.P.R. 640 (1990); Umpierre v. Torres Díaz, supra. En los contratos de capitulaciones matrimoniales no se puede pactar nada que sea contrario a las leyes ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Junio de 1996 - 141 DPR 44
    • Puerto Rico
    • 11 d2 Junho d2 1996
    ...Art. 1268 del Código Civil, 31 L.P.R.A. sec. 3552; Domínguez Maldonado v. E.L.A., 137 D.P.R. 954 (1995); Ab Intestato Saldaña Candelario, 126 D.P.R. 640 (1990); Umpierre v. Torres Díaz, Citando a Castán Tobeñas, en Domínguez Maldonado v. E.L.A., supra, indicamos que mediante el contrato de ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
14 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Agosto de 2013, número de resolución KLAN20120959
    • Puerto Rico
    • 27 d2 Agosto d2 2013
    ...de libertad que impera en nuestro sistema de contratación, la autonomía de las partes no es absoluta. Ab Intestato Saldaña, Ex parte,126 D.P.R. 640, 643 (1990) Por tanto, no podrán los otorgantes estipular nada que fuere contrario a las leyes, o a las buenas costumbres, ni depresivo de la a......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Octubre de 2012, número de resolución KLAN201001695
    • Puerto Rico
    • 11 d4 Outubro d4 2012
    ...sujeto al régimen de libertad de pacto reconocido el Código Civil, la autonomía de la voluntad no es absoluta. Ab Intestato Saldaña, 126 D.P.R. 640, 643 (1990); Umpierre v. Torres Díaz, supra. Aquello que es contrario a las leyes o a las buenas costumbres, o depresivo de la autoridad que re......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 6 de Junio de 2000 - 151 DPR 225
    • Puerto Rico
    • 6 d2 Junho d2 2000
    ...reconocido en el Código Civil, en estos contratos la autonomía de la voluntad no es absoluta. Ab Intestato de Víctor Manuel Saldaña, 126 D.P.R. 640 (1990); Umpierre v. Torres Díaz, supra. En los contratos de capitulaciones matrimoniales no se puede pactar nada que sea contrario a las leyes ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Junio de 1996 - 141 DPR 44
    • Puerto Rico
    • 11 d2 Junho d2 1996
    ...Art. 1268 del Código Civil, 31 L.P.R.A. sec. 3552; Domínguez Maldonado v. E.L.A., 137 D.P.R. 954 (1995); Ab Intestato Saldaña Candelario, 126 D.P.R. 640 (1990); Umpierre v. Torres Díaz, Citando a Castán Tobeñas, en Domínguez Maldonado v. E.L.A., supra, indicamos que mediante el contrato de ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
7 artículos doctrinales
  • Lección 8: Capitulaciones matrimoniales
    • Puerto Rico
    • 25 Lecciones: derecho de familia
    • 2 d5 Março d5 2018
    ...ante notario, conforme con lo prevenido en la sec. 3557 de este título. [180] GilEnseñatv. Marini Román, 2006 J.T.S. 68. [181] 1990, 126 D.P.R. 640, [182] Anselmo Garcia v. Suc. Anselmo García, 2001 T.S.P.R. 24 [183] Maldonado v. Cruz Dávila, 2004, 161 D.P.R. 1. En este caso el Tribunal acl......
  • Lección III. La legitima
    • Puerto Rico
    • Lecciones-repaso: Derecho de Sucesiones
    • 18 d3 Outubro d3 2017
    ...Ley Núm. 25, el cónyuge divorciado del causante, que le hubiese sobrevivido, no hereda de este. En Abintestato Saldaña Candelario, 1990, 126 D.P.R. 640, el Tribunal Supremo decidió que la existencia de capitulaciones matrimoniales entre cónyuges no excluye la adjudicación de la cuota viudal......
  • L. Laudemio-Lucro Cesante
    • Puerto Rico
    • Diccionario de términos y frases derecho puertorriqueño 2019
    • 28 d4 Fevereiro d4 2019
    ...cónyuges, siempre que tal derecho no haya sido renunciado expresamente en dichas capitulaciones. Abintestato Saldaña Candelario, 1990, 126 D.P.R. 640. LEY: En el Derecho positivo la palabra ley se utiliza en varios sentidos: (1) Es forma de producir normas jurídicas (fuente formal del Derec......
  • U. Ultra Vires-Utilidad Pública
    • Puerto Rico
    • Diccionario de términos y frases derecho puertorriqueño 2019
    • 28 d4 Fevereiro d4 2019
    ...transformación mediante equivalencia compensatoria, no puede ser renunciado en capitulaciones matrimoniales. Ab Intestato Saldaña, 1990, 126 D.P.R. 640. No obstante, la propia Ley excluye de la no hipotecabilidad el usufructo viudal. El usufructo vidual, a diferencia del derecho de otros he......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR