Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 7 de Octubre de 1901 - 19 D.P.R. 323

EmisorTribunal Supremo
DPR19 D.P.R. 323
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 1901

19 D.P.R. 323 (1913) MOJICA V. GONZALEZ EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Mojica, Apelado, v. González, Apelante.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de San Juan, Sección 1 a.

No. 849.-Resuelto en marzo 27, 1913.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogado del apelante: Sr. Eugenio Benítez Castaño.

Abogados del apelado: Sres. H. H. Scoville y Luis Méndez Vaz.

El Juez Asociado Sr. Wolf, emitió la opinión del tribunal.

A la demanda presentada en este caso formuló el demandado una excepción previa que fué desestimada. El demandado a la vez presentó su contestación admitiendo en ella virtualmente los hechos contenidos en dicha demanda, pero presentando nuevas materias objeto de defensas para que se anulara la obligación, cuyo cumplimiento se exigía. En el juicio, la discusión principal que surgió, fué con motivo de un documento escrito que fué presentado por el demandante, en el cual el demandado reconocía que estaba en posesión de las treinta y dos cuerdas de terreno pertenecientes a la sucesión de Juan Barreto Petana por virtud de un título posesorio, pero que él, dicho demandado, traspasaría el mismo a la referida sucesión tan pronto como hubiese obtenido un título de dominio. El demandado hizo caso omiso de su ofrecimiento y traspasó la finca a Juan Delgado causando así perjuicios al demandante, según se ha alegado. El demandado presentó y ofreció testigos de reputación para probar que el documento escrito había sido obtenido de él fraudulentamente, puesto que en realidad, él tenía derecho a las fincas en cuestión o a su equivalente, debido a los convenios que había efectuado con Juan Barreto Petana a quien el demandado había traspasado la finca en cuestión y por la cual jamás había recibido cantidad alguna; que el padre en su lecho de muerte había suplicado a sus hijos que verificaran el pago al demandado; que él entró en posesión de la finca con conocimiento y consentimiento de los hijos o algunos de los mismos y posteriormente y a virtud de una gran insistencia y súplica por parte de ellos, estuvo conforme en venderles la finca firmando al efecto un contrato; que luego los hijos vinieron donde él y le hicieron ver que el susodicho convenio o contrato se había perdido, por lo que le suplicaron que firmara otro documento que le entregaron, manifestándole que aquel que le presentaban era enteramente igual al que había firmado anteriormente; que él, dicho demandado, por ser un sacerdote, se encontraba entonces expidiendo...

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