Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 26 de Octubre de 1910 - 19 D.P.R. 45

EmisorTribunal Supremo
DPR19 D.P.R. 45
Fecha de Resolución26 de Octubre de 1910

19 D.P.R. 45 (1913) PUEBLO V. LAPORTE EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO El Pueblo, Apelado, v. Laporte, Apelante.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de Guayama.

No. 520.-Resuelto en enero 24, 1913.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogado del Pueblo: Sr. Charles E. Foote, Fiscal.

La parte apelante no compareció.

El Juez Asociado Sr. MacLeary, emitió la opinión del tribunal.

El presente es un caso de perjurio cometido durante la celebración de una causa criminal por un testigo presentado por la defensa. La causa se originó en la Corte de Distrito de Guayama, en donde se formuló una acusación por el Fiscal del distrito imputando a la acusada, Julia Laporte, que es la apelante ante este tribunal, la comisión del delito de perjurio, que se alega fué cometido el día 26 de octubre de 1910 mientras se celebraba una causa criminal ante un jurado en dicha fecha, en la Corte de Distrito de Guayama, del distrito judicial del mismo nombre, en donde se había acusado a un tal Pedro Desús de un delito de tentativa de cometer asesinato, habiendo la referida Julia Laporte, falsa, ilegal y voluntariamente, y después de haber sido debidamente juramentada en corte abierta ante el secretario de dicha corte de distrito, funcionario debidamente autorizado para ello, y en violación del expresado juramento y haciendo un esfuerzo ilegal por favorecer al referido Pedro Desús, declarado con respecto a los siguientes hechos, que eran esenciales y se relacionaban con el caso, alegando que dichos hechos eran verdaderos y exactos; a saber: que el día 17 de septiembre de 1910 Federico Vázquez fué a la casa de Dolores Rivera, alias Sanabria, en momentos en que se encontraba allí la testigo, con el objeto de obligarla a tener contacto carnal con él, y mientras esto ocurría llegó Pedro Desús; que la testigo no había mandado a buscar a Federico Vázquez, pues no tenía ningún asunto que ventilar con él; que Federico Vázquez se echó encima de Pedro Desús con la intención de herirle y que este último le dijo que se contuviera; que Desús disparó el primer tiro al aire; que tan pronto como Vázquez vió a Desús, le atacó con una hoja de sable en el momento en que Desús tenía alzados los brazos, teniendo la testigo completo conocimiento de la falsedad de sus declaraciones, que eran esenciales a la cuestión que se ventilaba, y siendo los verdaderos hechos del caso, que Julia Laporte estaba acompañada de Dolores Rivera y Federico Vázquez, habiendo ésta mandado a...

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