Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 16 de Junio de 1999 - 148 DPR 586
Emisor | Tribunal Supremo |
DTS | 1999 DTS 093 |
TSPR | 1999 TSPR 093 |
DPR | 148 DPR 586 |
Fecha de Resolución | 16 de Junio de 1999 |
1999 TSPR 93
Certiorari
Número del Caso: CC-1997-0665
148 DPR 586 (1999)
148 D.P.R. 586 (1999)
1999 JTS 95
Abogados de la Parte Recurrente: Ramos & Ramos-Cámara, Lcdo. Iván A. Ramos
Abogados de la Parte Recurrida: Arias Cestero & Arias Guardiola, Lcdo. Amancio Arias Guardiola
Tribunal de Instancia, Sala Superior de San Juan
Juez del Tribunal de Primera Instancia: Hon. Amneris Martínez de Cuevas
Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional I
Juez Ponente: Hon.
González Román
Fecha: 6/16/1999
Materia: Daños y Perjuicios
ADVERTENCIA
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Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado señor Negrón García
San Juan, Puerto Rico, a 16 de junio de 1999
I
El 12 de mayo de 1997, Iván A. Ramos, co-abogado de las demandantes Elizabeth Ruiz Rivera, et al. en un caso de daños y perjuicios, al amparo de la Regla 63.1(3) de Procedimiento Civil, solicitó bajo juramento la inhibición de la Juez Superior del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, Hon. Amneris Martínez de Cuevas.
La demanda originalmente fue suscrita el 20 de diciembre de 1996 por la Lcda.
Judith Soler Bechara de la firma Ramos & Ramos-Cámara, quien hasta ese momento estuvo a cargo de todos los trámites judiciales.
Antes de esa solicitud, la Juez Martínez de Cuevas había concedido prórroga a los demandantes, dictado Sentencia parcial de desistimiento en cuanto a un codemandado y resuelto a su favor un incidente sobre descubrimiento de prueba.
El Lcdo. Ramos adujo que estaría a cargo de litigar el caso en sus méritos y basó su pedido, en que la Juez Martínez de Cuevas conoció de su activa y exitosa participación en contra de su renominación y confirmación como juez,1 por lo que era "más saludable a los fines de la administración de la justicia", se inhibiera. Adujo sentirse personalmente incómodo de postular ante ella.
Referida la moción a la Juez Superior, Hon. Sonia I. Vélez Colón, previa vista, negó la inhibición. A su juicio, no existía apariencia de...
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