Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Agosto de 2000 - 151 DPR 926

EmisorTribunal Supremo
Número del casoCP-1999-0004
TSPR2000 TSPR 135
DPR151 DPR 926
Fecha de Resolución24 de Agosto de 2000

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: Ceferino Flores Fernández

Querella

2000 TSPR 135

151 DPR 926

Número del Caso: CP-1999-0004

Fecha: 24/Agosto/2000

Oficina del Procurador General: Lcda. Iris M. Barreto Saavedra, Procuradora General Auxiliar

Abogado de la Parte Querellada: Por Derecho Propio

Materia: Conducta Profesional, Canon 12, 18 y 19.

PER CURIAM

San Juan, Puerto Rico a 24 de agosto de 2000

El 9 de marzo de 1999, el Procurador General presentó una querella contra el Lcdo. Ceferino Flores Fernández mediante la cual le imputó los siguientes cargos:

Cargo I.- El Lcdo. Ceferino Flores Fernández violó las disposiciones del Canon 12 de Ética Profesional[, 4 L.P.R.A. Ap. IX,] el cual, entre otras cosas, impone al abogado el deber de desplegar todas las diligencias necesarias para asegurar que no se causen indebidas dilaciones en la tramitación y solución en los casos en que asume la representación legal.

Cargo II.- El Lcdo. Ceferino Flores Fernández violó las disposiciones del Canon 18 de Ética Profesional[, supra,] el cual, entre otras cosas, impone a todo abogado el deber de defender los intereses de su cliente diligentemente, desplegando en cada caso su más profundo saber y habilidad y actuando en aquella forma que la profesión jurídica general estima adecuada y responsable.

Cargo III.- El Lcdo. Ceferino Flores Fernández violó las disposiciones del Canon 19 de Ética Profesional[, supra,] el cual, entre otras cosas, impone el deber al abogado de mantener a su cliente siempre informado de todo asunto importante que surja en el desarrollo del caso que le ha sido encomendado.

Luego de los trámites procesales correspondientes, el 15 de mayo de 2000, el Comisionado Especial, Hon. Arnaldo López Rodríguez, rindió su Informe. En éste nos indica que no fue necesario celebrar la vista evidenciaria, ya que el querellado aceptó todos los cargos que se le imputaron. Según surge de dicho Informe, los hechos que dieron lugar a la presentación de los cargos fueron los siguientes.

El 20 de agosto de 1980, el licenciado Flores Fernández fue contratado por los herederos del finado Ramón Ramos del Valle para que realizara la división, partición y liquidación de los bienes dejados por éste.1 Cuatro (4) años más tarde, el 15 de diciembre de 1984, sin que aún el querellado hubiese realizado las...

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