Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Agosto de 2000 - 151 DPR 926
Emisor | Tribunal Supremo |
Número del caso | CP-1999-0004 |
TSPR | 2000 TSPR 135 |
DPR | 151 DPR 926 |
Fecha de Resolución | 24 de Agosto de 2000 |
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
2000 TSPR 135
151 DPR 926
Número del Caso: CP-1999-0004
Fecha: 24/Agosto/2000
Oficina del Procurador General: Lcda. Iris M. Barreto Saavedra, Procuradora General Auxiliar
Abogado de la Parte Querellada: Por Derecho Propio
Materia: Conducta Profesional, Canon 12, 18 y 19.
PER CURIAM
San Juan, Puerto Rico a 24 de agosto de 2000
El 9 de marzo de 1999, el Procurador General presentó una querella contra el Lcdo. Ceferino Flores Fernández mediante la cual le imputó los siguientes cargos:
Cargo I.- El Lcdo. Ceferino Flores Fernández violó las disposiciones del Canon 12 de Ética Profesional[, 4 L.P.R.A. Ap. IX,] el cual, entre otras cosas, impone al abogado el deber de desplegar todas las diligencias necesarias para asegurar que no se causen indebidas dilaciones en la tramitación y solución en los casos en que asume la representación legal.
Cargo II.- El Lcdo. Ceferino Flores Fernández violó las disposiciones del Canon 18 de Ética Profesional[, supra,] el cual, entre otras cosas, impone a todo abogado el deber de defender los intereses de su cliente diligentemente, desplegando en cada caso su más profundo saber y habilidad y actuando en aquella forma que la profesión jurídica general estima adecuada y responsable.
Cargo III.- El Lcdo. Ceferino Flores Fernández violó las disposiciones del Canon 19 de Ética Profesional[, supra,] el cual, entre otras cosas, impone el deber al abogado de mantener a su cliente siempre informado de todo asunto importante que surja en el desarrollo del caso que le ha sido encomendado.
Luego de los trámites procesales correspondientes, el 15 de mayo de 2000, el Comisionado Especial, Hon. Arnaldo López Rodríguez, rindió su Informe. En éste nos indica que no fue necesario celebrar la vista evidenciaria, ya que el querellado aceptó todos los cargos que se le imputaron. Según surge de dicho Informe, los hechos que dieron lugar a la presentación de los cargos fueron los siguientes.
El 20 de agosto de 1980, el licenciado Flores Fernández fue contratado por los herederos del finado Ramón Ramos del Valle para que realizara la división, partición y liquidación de los bienes dejados por éste.1 Cuatro (4) años más tarde, el 15 de diciembre de 1984, sin que aún el querellado hubiese realizado las...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 9 de Noviembre de 2001 - 155 DPR ____
...sí suficiente para decretar la separación indefinida en el ejercicio de la abogacía. In re Flores Fernández, PC de 24 de agosto de 2000, 2000 TSPR 135; In re Miranda Casanova, PC de 12 de febrero de 1999, 99 TSPR 37; In re González Goenaga, PC de 12 de junio de 1998, 98 TSPR El querellado t......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 10 de Diciembre de 2001 - 156 DPR ____
...indefinida del ejercicio de la abogacía. In re Figueroa Carrasquillo, supra; In re Flores Fernández, PC de 24 de agosto de 2000, 2000 TSPR 135; In re Cruz González, 123 D.P.R. 108 (1989); In re Serrallés III, supra. En cuanto a la querella presentada por el Colegio de Abogado ante la falta ......
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