Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 22 de Julio de 2008 - 174 DPR 355

EmisorTribunal Supremo
Número del casoAC-2006-49
DTS2008 DTS 126
TSPR2008 TSPR 126
DPR174 DPR 355
Fecha de Resolución22 de Julio de 2008

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Efraín Echandi Otero y otros

Peticionaria

vs.

Stewart Title Guaranty Co.

Recurrido

CERTIORARI

2008 TSPR 126

174 DPR 355, (2008)

174 D.P.R. 355 (2008), Echandi Otero v. Stewart Title, 174:355

2008 JTS 146 (2008)

2008 DTS 126 (2008)

AC-2006-49

Número del Caso: AC-2006-49

Fecha: 22 de julio de 2008

Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de San Juan Panel V

Juez Ponente: Hon. Héctor Urgell Cuebas

Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Allan E.

Charlotten Rivera

Abogada de la Parte Recurrida: Lcda. Michelle Pirallo-Di Cristina

Polizas de seguros, Incumplimiento de Contrato y Daños. Cubierta de representación legal. Como norma general, un tribunal debe analizar si de una interpretación liberal de las alegaciones de la demanda surge que el daño esta cubierto por la póliza, o si por el contrario, la cubierta de póliza claramente lo excluye. Es menester recordar que cualquier duda sobre si existe el deber de asumir la defensa en un caso en particular tendrá que ser resuelta a favor del asegurado. Revoca al Tribunal de Apelaciones y devuelve el caso.

OPINIÓN DEL TRIBUNAL EMITIDA POR EL JUEZ ASOCIADO SEÑOR REBOLLO LÓPEZ

San Juan, Puerto Rico, a 22 de julio de 2008

El 26 de septiembre de 2003, el Sr.

Efraín Echandi Otero y su esposa Nydia Rosa Guzmán presentaron una demanda sobre incumplimiento de contrato y daños y perjuicios contra Stewart Title Guaranty Company, Inc., Stewart Title of Puerto Rico, Inc., San Juan Abstract Corporation y otros, ante el Tribunal de Primera Instancia, . En la misma, alegaron que los demandados incumplieron con los términos de un contrato de seguro de título al denegarles representación legal y cubierta. Por su parte, los codemandados contestaron la demanda negando las alegaciones y aduciendo que las circunstancias del presente caso no eran indemnizables bajo los términos de la póliza. Resolvemos.

El 7 de junio de 2002, los esposos Echandi-Guzmán compraron un solar segregado de una finca matriz, propiedad de Vista Bahía Culebra, Inc. En la escritura de segregación y compraventa, la Notaria le advirtió a los compradores que se había instado un pleito civil, Ramos v. Rivera, en el cual se cuestionaba la legalidad de los permisos gubernamentales concedidos en relación con el proyecto Vista Bahía Culebra.1 El mismo día en que se otorgó el documento público, con el propósito de asegurar su derecho sobre el solar adquirido y para proveerle mercadeabilidad al mismo, los esposos Echandi-Guzmán suscribieron un contrato de seguro de título con San Juan Abstract Company mediante el cual adquirieron una póliza emitida por Stewart Title Guaranty Company a través de Stewart Title of Puerto Rico.

Un año después, el tribunal de instancia, en el caso Ramos v. Rivera, emitió una sentencia parcial en la cual declaró nula la autorización de desarrollo de Vista Bahía Culebra y, por ende, todas las transacciones realizadas referentes a la finca matriz de la cual provenía el solar adquirido por los esposos Echandi-Guzmán.2 Tan pronto el matrimonio demandante se enteró de la sentencia dictada le informó a San Juan Abstract Company y a Stewart Title de la misma.

Mediante comunicación de 27 de febrero de 2003, el matrimonio Echandi-Guzmán solicitó a las antes mencionadas compañías aseguradoras le brindaran representación legal.

Además, éstos solicitaron le proveyeran toda la información que tuvieran sobre la sentencia que afectaba sus derechos. Los demandados no contestaron tales solicitudes.

Así las cosas, y para asegurar su interés propietario, el matrimonio Echandi-Guzmán intervino en el caso Ramos v. Rivera, en el cual solicitó y obtuvo una orden de prohibición de enajenar la finca matriz propiedad de Vista Bahía. La referida orden fue debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad. Posteriormente, los esposos Echandi-Guzmán reclamaron, nuevamente, a San Juan Abstract y a Stewart Title, la cubierta de la póliza de seguros adquirida. Les solicitaron, a su vez, que le reembolsaran los gastos legales incurridos.

Los aquí demandados nunca contestaron tales requerimientos. Por dicha razón, los esposos Echandi-Guzmán presentaron la demanda que origina el recurso de epígrafe. Además de reclamar los gastos legales incurridos y el valor asegurado de la póliza, el matrimonio demandante adujo que el incumplimiento de los demandados les había causado profundos sufrimientos y angustias mentales, por lo cual solicitaron remuneración económica. Solicitaron, a su vez, retribución por pérdida de ingresos y que se les concedieran honorarios de abogado.

Stewart Title contestó la demanda y levantó como defensa afirmativa que el seguro de título emitido no cubría los daños reclamados.

Adujeron, que los esposos Echandi- Guzmán asumieron el riesgo al adquirir la propiedad con conocimiento de que el pleito, en el cual se impugnaron los permisos otorgados para el proyecto, estaba en proceso. Poco tiempo después, Stewart Title solicitó la desestimación de la demanda, basándose en que el seguro de título no proveía cubierta para situaciones en que los asegurados consentían o asumían el riesgo.3 En apoyo a tal petición citó el texto de la póliza, en particular la sección que enumera las exclusiones a la cobertura. El aparte en controversia, en lo pertinente, lee como sigue:

The following matters are expressly excluded from the coverage of this policy and the Company will not pay loss or damage, costs, attorney's fees or expenses which arise by reason of:

1.(a) Any law, ordinance or governmental regulation (including but not limited to building and zoning laws, ordinances or regulations) restricting, regulating, prohibiting or relating to (i) the occupancy, use or enjoyment of the land; (ii) the character, dimensions or location of any improvement now or hereafter erected on the land; (iii) a separation in ownership or a change in the dimensions or area of the land or any parcel of which the land is or was a part; or (iv) environmental protection or the effect of any violation of these laws, ordinances or governmental regulations, except to the extent that a notice of the enforcement thereof or a notice of a defect, lien or encumbrance resulting from a violation affecting the land has been recorded in the public records at date of Policy.4

(b)…

2.…

3. Defects, liens, encumbrances, adverse claims or other matters:

a) created, suffered, assumed or agreed to by the insured claimant;

b) c) d)…; or

e)…

Stewart Title argumentó que el contrato de seguro tampoco le obligaba a representar legalmente a los demandantes. Para fundamentar su alegación, Stewart Title se refirió, nuevamente, a la póliza de seguro otorgada. Indicó que según los términos y condiciones del referido contrato, la compañía aseguradora estaba obligada a defender a un asegurado de una acción en su contra cuando las causas de acción del litigio se refieren a un defecto, gravamen, carga u otro asunto asegurado en la póliza.5

Dicho de manera simple, conforme razonó Stewart Title, la póliza específicamente excluye el pago de costas, honorarios y gastos incurridos por el asegurado en la defensa de causas de acción donde se alegan asuntos que no están cubiertos por el contrato.

Oportunamente, los esposos Echandi-Guzmán se opusieron a la desestimación solicitada. En el escrito que a esos efectos radicaron, expusieron hechos materiales que entendieron estaban en controversia. Como alternativa, solicitaron que se dictara sentencia sumaria a su favor basándose en que los hechos incontrovertidos representan una de las excepciones a las cláusulas de exclusión.

Luego de varios trámites procesales, el tribunal de instancia emitió una resolución interlocutoria en la cual determinó que los hechos del caso estaban cubiertos por la póliza del seguro de título.6

Entendió el tribunal inferior que aunque los hechos del caso estaban excluidos por el párrafo 1(a) de las exclusiones de la póliza, era de aplicación la excepción a la exclusión.7 En consecuencia, concluyó que Stewart Title había incumplido el contrato al negarse a proveer representación legal e indemnizar a los esposos Echandi-Guzmán por la pérdida que sufrieron relacionada al defecto en el título del inmueble que adquirieron. Dispuso, finalmente, que señalaría una vista para determinar la valorización de los daños.

Insatisfecho con la decisión, Stewart Title Company acudió al Tribunal de Apelaciones. En el recurso que radicara señaló, en síntesis, que incidió el tribunal de instancia al concluir que era responsable bajo la póliza a proveerle representación legal al asegurado y a indemnizarle en daños. El 28 de febrero de 2006, el foro apelativo intermedio emitió una sentencia en la cual revocó al tribunal de instancia y desestimó la demanda. Concluyó que los esposos Echandi-Guzmán suscribieron el contrato de compraventa con pleno conocimiento de la existencia y naturaleza del pleito sobre los permisos gubernamentales para la segregación de la finca matriz, razón por la cual asumieron voluntariamente y consintieron al riesgo. En consecuencia, el tribunal apelativo intermedio encontró que Stewart Title no incumplió las obligaciones que alegadamente había asumido en el contrato de seguros, toda vez que los asuntos reclamados por la demandante no estaban cubiertos por los términos y condiciones de la póliza.

Inconformes, los esposos Echandi-Guzmán acudieron -mediante recurso de apelación—- ante este Tribunal. Aducen, que procede revocar la sentencia emitida por el foro apelativo intermedio debido a que este incidió al:

…ordenar la desestimación de la demanda de forma contraria al estado de derecho vigente referente al deber de ofrecer representación legal al...

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    ...1240, 31 LPRA § 3478 (1990). 42PUIG BRUTAU, supra nota 11, en la pág. 435. 43Id. en la pág. 434. 44Echandi Otero v. Steward Tittle Co., 174 DPR 355 (2008). 45Quiñonez López v. Manzano Pozas, 141 DPR 139, 155 (1996). 46Echandi Otero, 174 DPR en la pág. 371. 47RESTATEMENT (SECOND) CONTRACTS §......
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