Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 14 de Mayo de 2009 - 175 DPR 994

EmisorTribunal Supremo
Número del casoCC-2007-565
DTS2009 DTS 077
TSPR2009 TSPR 77
DPR175 DPR 994
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2009

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Quest Diagnostics of Puerto Rico, Inc.

Recurrida

v.

Municipio de San Juan, Hon.

Jorge Santini en su Capacidad

de Alcalde del Municipio de San Juan

Peticionario

Certiorari

2009 TSPR 77

175 DPR 994, (2009)

175 D.P.R. 994 (2009), Quest Diagnostic v. Mun.

San Juan, 175:994

2009 JTS 80 (2009)

2009 DTS 77 (2009)

Número del Caso: CC-2007-565

Fecha: 14 de mayo de 2009

Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de San Juan Panel V

Juez Ponente: Hon. Andrés Salas Soler

Abogados de la Parte Recurrida: Lcdo.

Ricardo L. Ortiz Colón

Lcda. María L. Montalvo Vera

Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. Eliezer Aldarondo Ortiz

Lcda. Rosa Campos Silva

Lcdo. Iván M. Castro Ortiz

Lcda. Isabel López Bras

Lcda. Sheila A. Torres Delgado

Contrato y leyes especiales, Cobro de dinero, Registro de Contrato Municipal. Los principios generales en materia de contratos no son suficientes en este tipo de contratación cuando no se cumple con los requisitos que imponen las leyes especiales aplicables. Las cartas para extender el contrato fueron suscritas por empleados municipales no autorizados en ley para comprometer al Municipio, por lo que no le obligaron. Además, las cartas para extender el término de vigencia de la relación jurídica entre las partes no puede considerarse un contrato entre estas partes, pues no cumplen con los requisitos de ley para constituir un contrato escrito que vincule al Municipio. Se revoca al Tribunal de Apelaciones.

Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado SEÑOR RIVERA PÉREZ.

San Juan, Puerto Rico, 14 de mayo de 2009.

En este recurso se nos solicita la revocación de una sentencia emitida por el Tribunal de Apelaciones, por la cual se confirmó el dictamen del Tribunal de Primera Instancia. El foro primario por vía de sentencia sumaria declaró ha lugar una demanda en cobro de dinero por $283,063.15 contra el Municipio de San Juan.

I

El 16 de febrero de 2000, el Municipio de San Juan realizó una subasta para adquirir servicios de laboratorios de referencia para sus Centros de Salud del Departamento de Salud. Las Marías Reference Lab., en adelante Las Marías, obtuvo la adjudicación de esta subasta. El 27 de marzo de 2000, el Municipio de San Juan, en adelante Municipio, y Las Marías suscribieron un contrato para dichos servicios por dos años con fecha de vigencia hasta el 27 de marzo de 2002.

El inciso 10 del referido contrato dispone lo siguiente:

Constituye elemento esencial para la adjudicación de esta subasta el análisis de solidez económica y moral del licitador por lo que se prohíbe expresamente al licitador agraciado, traspasar, transferir, conceder, vender, asignar o de otra forma disponer de los derechos y deberes incluyendo los créditos que el licitador o contratista adquiera a su favor por este contrato, entiéndase cesiones de crédito, contrato de refacción industrial y comercial entre otros, a ninguna persona natural o jurídica sin el consentimiento previo y por escrito de la Junta de Subasta. El licitador garantiza al someter su propuesta firmada que su situación financiera es sólida y su crédito es excelente. (Énfasis nuestro).

El 26 de diciembre de 2001, vigente el contrato, Quest Diagnostics of Puerto Rico, Inc., en adelante Quest, adquirió varios activos de Las Marías, entre los cuales se encontraba el contrato antes descrito. Las Marías no solicitó ni obtuvo el consentimiento del Municipio para dicho traspaso. Además, el contrato no fue enmendado en forma alguna para sustituir Las Marías por Quest.

El 8 de octubre de 2002 y luego de vencido el contrato original, la supervisora de la sección de compras y subastas del Departamento de Salud del Municipio mediante carta solicitó la extensión del contrato hasta el 31 de diciembre de 2002. De igual forma, el contrato fue extendido en cuatro ocasiones adicionales hasta el 31 de julio de 2003, esto a más de un año del vencimiento del contrato original. En las últimas dos ocasiones los funcionarios del Municipio expresaron que las extensiones solicitadas habían sido aprobadas por la Junta de Subastas mediante reuniones celebradas a tales efectos. Sin embargo, no existe prueba alguna sobre tales acuerdos.

El 18 de febrero de 2004, Quest radicó acción judicial en cobro de dinero contra el Municipio por la cantidad de $283,063.15. Posteriormente, el Municipio radicó una solicitud de sentencia sumaria. El foro primario determinó que las cartas para extender el contrato fueron un consentimiento tácito por parte del Municipio. En adición, declaró con lugar la solicitud de sentencia sumaria a favor de Quest y condenó al Municipio al pago de $283,063.15. Basó su decisión en que una enmienda a la normativa aplicable permite subsanar el no haber realizado un contrato escrito.

El Municipio apeló oportunamente dicho dictamen al Tribunal de Apelaciones, quien confirmó la sentencia del foro primario.

Inconforme con esta determinación, el Municipio recurrió ante nos señalando los errores siguientes:

Erró el Tribunal de Apelaciones al confirmar la sentencia emitida por el Tribunal de Instancia y concluir que entre Quest y el Municipio de San Juan se crearon obligaciones jurídicas en atención a la cesión o traspaso del contrato con Las Marías Reference Lab., a pesar que Quest nunca suscribió con el Municipio contrato escrito alguno.

Erró el Tribunal de...

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