Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 14 de Octubre de 2009 - 177 DPR 230

EmisorTribunal Supremo
Número del casoCC-2004-675
DTS2009 DTS 159
TSPR2009 TSPR 159
DPR177 DPR 230
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2009


2009 DTS 159 YIYI MOTORS V. ELA, SECRETARIO DE HACIENDA 2009TSPR159


Certiorari

2009 TSPR 159

177 DPR 230, (2009)

177 D.P.R. 230 (2009), Yiyi Motors, Inc. v. E.L.A., 177:230

2009 JTS 162 (2009)

2009 DTS 159 (2009)

Número del Caso: CC-2004-675

Fecha: 14 de octubre de 2009

Presione Aquí para ver la Opinión del Tribunal

Opinión de Conformidad emitida por el Juez Asociado señor MARTÍNEZ TORRES, a la cual se une la Jueza Asociada señora PABÓN CHARNECO

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de octubre de 2009.

El Juez Presidente señor Hernández Denton señala que se ve obligado a disentir "nuevamente". Opinión disidente, pág. 2. Se refiere, sin duda, a las opiniones disidentes que ha emitido en los últimos meses. El hilo conductor entre estas opiniones disidentes es que para el señor Juez Presidente, muchas de las decisiones del Tribunal que él preside son actos de "legislación judicial"1, un "retroceso histórico"2, "activismo judicial"3, y un "huracán de cuyo embate nuestro pueblo tardará mucho tiempo en reponerse".4

A este popurrí de adjetivos, el señor Juez Presidente ha añadido que varias decisiones de este Tribunal son "tecnicismos procesales"5, o un "mero ritualismo procesal"6 que "responde más al automatismo y a la miopía judicial que a la precisión jurídica"7, o que responden a una "concepción formalista"8, producto de un "salto lógico"9, a un "raciocinio reduccionista", es decir un "razonamiento autómata"10, o "un raciocinio que nos recuerda las distopías ficticias de George Orwell y la represión policíaca de los regímenes totalitarios de la historia moderna".11 Para una repetición de todo lo anterior, véase la Opinión disidente del Juez Presidente señor Hernández Denton, a la cual se une la Juez Asociada señora RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, págs. 1-2.

Finalmente, el señor Juez Presidente ha manifestado que "la mayoría parece desconocer el alcance de nuestras facultades como máximo y último Foro de nuestro país".12

Por supuesto, la caricatura grotesca que se quiere pintar con estas frases no corresponde a la realidad de lo que ha resuelto este Tribunal. En verdad estamos ante dos visiones distintas de la función de la Rama Judicial y en particular, de este Tribunal. Que quede claro que el señor Juez Presidente tiene el derecho de discrepar de la visión mayoritaria. Soy el primero en defender ese derecho y más aun, el derecho incuestionable del señor Juez Presidente a expresar esa disidencia de la forma y en el momento que él lo entienda necesario. Después de todo, la disidencia fuerte y vigorosa es saludable para el desarrollo del derecho en un foro colegiado como éste.

Sin embargo, eso no significa que yo deba permanecer callado. Precisamente porque conozco el alcance de mis facultades como integrante de este Tribunal, me veo igualmente obligado a responder de manera respetuosa y firme, al empleo más reciente de la hipérbole y las visiones apocalípticas para demonizar, caricaturizar y deformar las decisiones de este Tribunal con los argumentos ficticios que postulan que este Tribunal resuelve de espaldas al derecho y en contra de nuestro Pueblo. Infundir esos miedos no es gracioso, ni siquiera ante la cercanía del Día de Halloween.

La independencia judicial no está en juego aquí. Es tiempo que aceptemos que el cambio en visión y filosofía jurídica por el que atraviesa este Tribunal no significa el fin del mundo ni la hecatombe jurídica. Se trata del flujo normal de la marea judicial en una democracia, producto indirecto del mandato del Pueblo expresado donde corresponde, en las urnas. Ese es nuestro sistema constitucional. Desmerecer ese proceso democrático no le hace bien a Puerto Rico.

Desafortunadamente, este llamado a la cordura y a poner las cosas en su justa perspectiva ha caído en oídos sordos en este Tribunal. Se reclama tolerancia al disenso pero se le niega la misma tolerancia a las decisiones del Tribunal. En su lugar, se deforma el alcance y la intención de decisiones como la que hoy emitimos, repitiendo el miedo, la tergiversación y la caricatura, para amedrentar al Pueblo al que servimos. Eso no honra la toga. Por el contrario, la desmerece.

Lo que incomoda no es la disidencia, sino el patrón de demonizar al Tribunal. Eso me produce una gran desilusión, como la que sintió y expresó Tarrou cuando escuchó por primera vez a la persona que tanto admiraba -su padre- abogar como fiscal por la pena capital para un convicto: "Transfigurado por la toga roja, ni bonachón ni afectuoso, bullían en su boca las frases enormes que sin cesar salían de ella, como culebras". A. Camus, La peste, 21ra ed., Buenos Aires, Argentina, Editorial Sur, S.A., 1981, pág. 194.

Ahora es inevitable atender el incidente más reciente...

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