Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Noviembre de 2010 - 180 DPR 193
Emisor | Tribunal Supremo |
Número del caso | CP-2007-21 |
DTS | 2010 DTS 230 |
TSPR | 2010 TSPR 230 |
DPR | 180 DPR 193 |
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2010 |
2010 TSPR 230
180 DPR 193, (2010)
180 D.P.R. 193 (2010), In re Pérez Riveiro, 180:193
2010 JTS 239 (2010)
2010 DTS 230 (2010)
Número del Caso: CP-2007-21
Fecha: 30 de noviembre de 2010
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Nasser A.
Taha Montalvo
Oficina del Procurador General: Lcda. Lcda. Edna Evelyn Rodríguez Benítez
Procuradora General Auxiliar
Conducta Profesional -Se Censura Enérgicamente por violaciones a los Canónes 18, 35 y al Criterio General de la Etica Profesional por su conducta en una representación legal de sus clientes de una partición de herencia.
San Juan, Puerto Rico a 30 de noviembre de 2010.
En el presente caso el Procurador General radicó una querella contra el Lcdo. Francis Pérez Riviero en la cual le imputó violaciones al Canon 18 de Ética Profesional, 4 L.P.R.A. Ap. IX, que exige a los abogados diligencia y competencia en su representación legal, al Canon 35, supra, que requiere sinceridad y honradez en el trato con los operadores del sistema judicial, y al Criterio General de los Cánones, que regula los deberes de los abogados hacia sus clientes. Las faltas éticas impugnadas surgieron porque el licenciado Pérez Riviero asumió la representación legal simultánea de tres hermanos sin defender adecuadamente los intereses de cada uno de ellos.
Luego de examinar elInforme de la Comisionada Especial nombrada por elTribunal para dilucidar la querella presentada contra el licenciado Pérez Riveiro, concluimos que éste infringió las disposiciones del Canon 18 de Ética Profesional, supra, al no mantener informado adecuadamente a uno de sus clientes.
Los hechos que originaron la presente queja se remontan a 1991, cuando el licenciado Pérez Riveiro asumió la representación legal de los hermanos Jorge, Víctor y Miriam todos de apellido Ortiz Pagán en un pleito de partición de herencia en contra de otro hermano de doble vínculo, Luis Ortiz Pagán. Durante el transcurso del pleito, el hermano demandado falleció. Sin embargo, previo al deceso, las partes convinieron un acuerdo de partición de herencia y el cuaderno particional que recogía dicho acuerdo fue aprobado en 1999 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez. Como parte del acuerdo, el hermano demandado emitió un cheque por $16,057.78 a favor de sus hermanos demandantes y del licenciado Pérez Riveiro. Según el cuaderno particional, al codemandante, Sr.
Jorge Ortiz Pagán, le correspondían $15,708.52 de la suma total.
Esta cantidad, sin embargo, nunca le fue entregada al Sr. Jorge Ortiz Pagán, quien reclamó que, como el licenciado Pérez Riveiro recibió el cheque y aparecía nombrado en él, éste debía consignarlo en el tribunal o pagarle la porción que le correspondía. Al no hacerlo, el licenciado Pérez Riveiro incurrió en una representación legal inadecuada, según la queja que presentó el Sr. Jorge Ortiz Pagán y que posteriormente sirvió de base para la querella radicada por el Procurador General.
El licenciado Pérez Riveiro, por su parte, expuso al Procurador General que los hermanos a quienes representaba se encontraban enfrascados en una disputa por la herencia y que entre éstos existía desconfianza y falta de comunicación. También aseguró que desconocía la razón por la cual el hermano demandado en el pleito original de herencia le envió el cheque a él y no a sus clientes directamente. Asimismo, el abogado de epígrafe explicó que les resaltó a los hermanos la conveniencia para todos de endosar el cheque para consignarlo en el Tribunal de Primera Instancia mientras se dirimía la controversia, pero que el quejoso rechazó de plano esta sugerencia y no asistió a una reunión convocada para discutir el asunto.
Por otra parte, el licenciado Pérez Riveiro reconoció que recibía y acataba instrucciones del Sr. Víctor Ortiz Pagán para los trámites del caso, incluyendo lo relacionado con el cheque en controversia.
Respecto a las instrucciones que recibió del Sr. Víctor Ortiz Pagán, el querellado expresó lo siguiente: "la casi totalidad de mi contacto con la parte que representamos se dio a través de don Víctor, a quien siempre consideré como la persona con autoridad que representaba sus intereses personales y los de sus hermanos por igual".
El licenciado Pérez Riveiro expuso que le explicó al Sr. Víctor Ortiz Pagán que era necesario acumular a sus hermanos Jorge y Miriam como partes indispensables, y que como respuesta el Sr.
Víctor Ortiz Pagán le indicó que éstos habían delegado su...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Jurisprudencia de 2013
...la devolución de los fondos de por sí es causa suficiente para infringir el Canon 23 de Ética Profesional. En In re: Pérez Riveiro, 2010, 180 D.P.R. 193, el Tribunal identificó las garantías mínimas que debe tener un abogado en un proceso de disciplina. Destacó la naturaleza cuasipenal de l......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2015, número de resolución KLRA201500696
...aceptarlas en los procedimientos disciplinarios equivaldría a equipararlos con los procesos civiles ordinarios. In re Pérez Riveiro, 180 D.P.R. 193, a la pág. 200-201 (2010). (Énfasis Posteriormente el Tribunal Supremo destacó la naturaleza cuasi penal de los procedimientos disciplinarios y......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 1 de Febrero de 2011 - 180 DPR 805
...Regla 5 del Reglamento Notarial. El presente dictamen de este Tribunal propone una excepción a la norma del caso de In re: Pérez Riviero, 2010 TSPR 230 (2010) en aras de agilizar el proceso ante este Foro y de añadir flexibilidad al procedimiento CURIAM En San Juan, Puerto Rico, a 1 de febr......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 23 de Julio de 2020 - 204 DPR ___
...original a base de la prueba que se presenta durante el procedimiento viola el debido proceso de ley del abogado. In re Pérez Riveiro, 180 DPR 193, 200 (2010). Sin embargo, cuando surge una conducta adicional durante el proceso disciplinario, se podrá atender en el mismo procedimiento condi......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2015, número de resolución KLRA201500696
...aceptarlas en los procedimientos disciplinarios equivaldría a equipararlos con los procesos civiles ordinarios. In re Pérez Riveiro, 180 D.P.R. 193, a la pág. 200-201 (2010). (Énfasis Posteriormente el Tribunal Supremo destacó la naturaleza cuasi penal de los procedimientos disciplinarios y......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 1 de Febrero de 2011 - 180 DPR 805
...Regla 5 del Reglamento Notarial. El presente dictamen de este Tribunal propone una excepción a la norma del caso de In re: Pérez Riviero, 2010 TSPR 230 (2010) en aras de agilizar el proceso ante este Foro y de añadir flexibilidad al procedimiento CURIAM En San Juan, Puerto Rico, a 1 de febr......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 23 de Julio de 2020 - 204 DPR ___
...original a base de la prueba que se presenta durante el procedimiento viola el debido proceso de ley del abogado. In re Pérez Riveiro, 180 DPR 193, 200 (2010). Sin embargo, cuando surge una conducta adicional durante el proceso disciplinario, se podrá atender en el mismo procedimiento condi......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2018, número de resolución KLAN201601598
...a contar con asistencia de abogado, y (6) que la decisión se base en la evidencia presentada y admitida en el juicio. In re Pérez Riveiro, 180 DPR 193; Hernández v. Secretario, 164 DPR 390 (2005); Rivera Rodríguez v. Lee Stowell, 133 DPR 881 (1993); Rivera Santiago v. Srio. de Hacienda, 119......
-
Jurisprudencia de 2013
...la devolución de los fondos de por sí es causa suficiente para infringir el Canon 23 de Ética Profesional. En In re: Pérez Riveiro, 2010, 180 D.P.R. 193, el Tribunal identificó las garantías mínimas que debe tener un abogado en un proceso de disciplina. Destacó la naturaleza cuasipenal de l......
-
In Re: Gumersindo Colón Hernández, 2013 TSPR 91
...la devolución de los fondos de por sí es causa suficiente para infringir el Canon 23 de Ética Profesional. En In re: Pérez Riveiro , 2010,180 DPR 193, el Tribunal identificó las garantías mínimas que debe tener un abogado en un proceso de disciplina. Destacó la naturaleza cuasi-penal de los......
-
In Re: Ramón Colón Olivo, 2013 TSPR 22
...la devolución de los fondos de por sí es causa suficiente para infringir el Canon 23 de Ética Profesional. En In re: Pérez Riveiro , 2010,180 DPR 193, el Tribunal identificó las garantías mínimas que debe tener un abogado en un proceso de disciplina. Destacó la naturaleza cuasi-penal de los......
-
In Re: López De Victoria Bras, 177 DPR 833
...no debía ser suspendido del ejercicio de la abogacía a base del referido Informe del Procurador General. IN RE: FRANCIS PÉREZ RIVEIRO, 180 DPR 193, 2010 JTS 239 (PER CURIAM ) Debido Proceso de Ley en el Procedimiento Disciplinario. Hechos : El Procurador General radicó una querella contra e......