Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 15 de Octubre de 2015 - 193 DPR ____

EmisorTribunal Supremo
DTS2015 DTS 138
TSPR2015 TSPR 138
DPR193 DPR ____
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2015

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Pueblo de Puerto Rico

Peticionario

v.

Javier Torres Cruz

Recurrido

Certiorari

2015 TSPR 138

193 DPR ____ (2015)

193 D.P.R. ____ (2015)

2015 DTS 138 (2015)

Número del Caso: CC-2015-836

Feha: 15 de octubre de 2015

Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Guayama

Oficina de la Procuradora General: Lcda. Margarita Mercado Echegaray

Procuradora General

Lcda. Yazmet Y. Ramírez Díaz

Procuradora General Auxiliar

Resolución del Tribunal NO HA LUGAR con Voto Disidente

RESOLUCIÓN

San Juan, Puerto Rico, a 15 de octubre de 2015

Evaluada la “Urgente Solicitud de Reconsideración”, presentada por el Pueblo de Puerto Rico, se provee no ha lugar.

Notifíquese inmediatamente vía facsímil, teléfono, correo electrónico y correo ordinario.

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. La Jueza Asociada señora Pabón Charneco hace constar la siguiente expresión:

La Jueza Asociada Pabón Charneco disiente y, en consecuencia, declararía Ha Lugar la Urgente Solicitud de Reconsideración presentada por la Procuradora General. El Pueblo de Puerto Rico cuenta con las herramientas estatutarias para mantener la custodia del señor Javier Torres Cruz mientras las partes se expresan dentro del término de quince (15) días y se evalúan los méritos de la petición de certiorari con la urgencia que ameritan las circunstancias de este caso.

Además, discrepo de una mayoría de este Tribunal que hoy sostiene la excarcelación irrestricta del señor Torres Cruz, atentando así contra el interés público sin que se le ordene al Tribunal de Primera Instancia la imposición de restricciones y/o garantías necesarias para que el Estado pueda hacer efectiva su jurisdicción y que el recurrido comparezca ante el Tribunal.

El Juez Asociado señor Rivera García emitió un Voto Particular Disidente al cual se une la Jueza Asociada señora Pabón Charneco. La Jueza Asociada Oronoz Rodríguez no intervino.

Aida Ileana Oquendo Graulau

Secretaria del Tribunal Supremo

Voto Disidente emitido por el Juez Asociado señor RIVERA GARCÍA al que se unió la Jueza Asociada señora PABÓN CHARNECO.

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de octubre de 2015.

Principios elementales de orden procesal me obligan a disentir respetuosamente de la determinación de este Tribunal que en el día de hoy declara sin lugar una Urgente Solicitud de Reconsideración presentada por la Procuradora General. En su moción de reconsideración, la Procuradora General nos solicita que reconsideremos una Resolución emitida en este caso el pasado 9 de octubre de 2015...

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