2016 Dts 067 Pueblo V. Acevedo López, 2016 T.S.P.R. 67

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas170-170

Page 170

Procedimiento Criminal. Doble Exposición.

Sentencia Confirmatoria del TA, una absolución obtenida mediante fraude no puede prevalecer nunca. Voto Particular Disidente.

Por estar igualmente dividido el Tribunal, se expide el auto de certiorari y se dicta Sentencia confirmatoria de la emitida por el T.A. en el presente caso.

Así lo pronunció, manda el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo. "El Juez Asociado señor Martínez Torres vota conforme porque una absolución obtenida mediante fraude no puede prevalecer nunca. Pueblo v. Rivera Ramos, 88 D.P.R. 612 (1963). Por eso procede un nuevo juicio y será allí que el Estado tendrá que probar la culpabilidad del acusado, no antes. Requerirle al Estado que pruebe antes de ese nuevo juicio que el acusado debió ser hallado culpable es poner la carreta antes de los bueyes". La Jueza...

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