Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 1 de Diciembre de 2017 - 198 DPR (2017)
Emisor | Tribunal Supremo |
DTS | 2017 DTS 194 |
TSPR | 2017 TSPR 194 |
DPR | 198 DPR (2017) |
Fecha de Resolución | 1 de Diciembre de 2017 |
|
Certiorari
2017 TSPR 194
198 DPR ___ (2017)
198 D.P.R. ___ (2017)
2017 DTS 194 (2017)
Fecha: 1 de diciembre de 2017
Región Judicial de San Juan
Abogados de las partes: Lcdo.
Jesús Alvarado Rivera
Lcda.
Luz B Rodríguez Santiago
Lcdo.
Juan A. Félix Lozada
Lcdo.
Manuel Fernández Mejías
Lcdo.
José Figueroa Sánchez
Lcda.
Mónica Figueroa Ramos
Lcdo.
Alberto Rodríguez Ramos
Lcdo.
Juan Maldonado De Jesús
Lcdo.
Michael Rivera Irizarry
Oficina del Procurador General: Lcdo.
Luis Román Negrón
Procurador General
Lcdo.
Guillermo Mangual Amador
Procurador General Auxiliar
Derecho Administrativo, DACO, Ley de Monopolios-
Conforme al Art. 19 de Ley de Monopolios, DACo tiene jurisdicción para atender las querellas presentadas por violaciones antimonopolísticas contra personas y entidades reguladas por la Comisión de Servicio Público, siempre que los actos y contratos en controversia no estén reglamentados por esa agencia administrativa.
Opinión del Tribunal emitida por el Juez Asociado señor Martínez Torres.
En San Juan, Puerto Rico, a 1 de diciembre de 2017.
Los casos aquí consolidados nos brindan la oportunidad de expresarnos, por primera vez, sobre el alcance del Art. 19 de la Ley de Monopolios, infra. Particularmente nos requiere resolver si el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo) posee jurisdicción, conforme a lo dispuesto en el mencionado artículo, para atender querellas sobre presuntas violaciones a las leyes monopolísticas imputadas a un grupo de transportistas escolares, quienes están regulados por la Comisión de Servicio Público. Por los fundamentos que expondremos a continuación, resolvemos que el DACo tiene jurisdicción para resolver querellas sobre asuntos monopolísticos de empresas que están reglamentadas por la Comisión de Servicio Público.
A. CC-2015-0988 y CC-2015-1017
El 22 de enero de 2009, la porteadora escolar María A. Jiménez Galarza solicitó a la Comisión de Servicio Público aumentar su flota vehicular. Los porteadores escolares William Vega Cotto, AICA School Transport Services, Inc., Transporte Escolar SS, Inc., José Rivera Pérez y Alfonso González Neváres se opusieron. Por su parte, la Comisión de Servicio Público celebró una vista a la que comparecieron la señora Jiménez Galarza y los porteadores opositores. Durante un receso de la vista, las partes acordaron que la señora Jiménez Galarza no participaría de ninguna subasta o proceso competitivo para ofrecer transportación escolar dentro del municipio de Cayey o desde Cayey. Como consecuencia, las partes presentaron una moción a la Comisión de Servicio Público con los acuerdos a los que habían llegado. Por ello, la Comisión aceptó la petición modificada de la señora Jiménez Galarza e incorporó los acuerdos a los que llegaron los transportistas.
B. AC-2016-0013, CC-2016-0099 y CC-2016-0017
El 30 de marzo de 2010, el porteador escolar David Lugo Beltrán solicitó a la Comisión de Servicio Público que se le autorizara a consolidar sus rutas en todas sus unidades y a añadir varios municipios a la ruta consolidada. Los porteadores escolares Alberto Avilés Virola, Sergio Colón Colón, Miguel Ramírez Vázquez, Luis A. Ramírez Flores y Ramón Orlando Ruiz Jiménez se opusieron. Tras varios trámites procesales, la Comisión celebró una vista. Durante un receso, las partes sostuvieron una reunión en la que acordaron que el señor Lugo Beltrán modificaría sus rutas y reduciría su flota vehicular. A raíz de esto, la representación legal del señor Lugo Beltrán y de los porteadores opositores presentaron ante la Comisión los acuerdos antes mencionados. Finalmente, la Comisión emitió una resolución en la que aceptó la petición modificada del señor Lugo Beltrán e incorporó los acuerdos a los que llegaron los transportistas.
C. CC-2016-0036 y CC-2016-0037
La Oficina de Asuntos Monopolísticos del Departamento de Justicia de Puerto Rico presentó tres querellas individuales en el DACo, las cuales fueron consolidadas por tratarse de la misma controversia. De la querella SJ-11584 surge que el porteador escolar Juan Padila Padilla solicitó a la Comisión de Servicio Público añadir unidades a su flota vehicular. Los porteadores escolares Luz D. Colón Cintrón, Glenda Bus Line, Inc., y Vázquez Bus Line, Inc., se opusieron a la solicitud presentada por el señor Padilla. Por su parte, la Comisión celebró una vista a la que comparecieron el señor Padilla Padilla y otros porteadores. Durante un receso, las partes sostuvieron una reunión en la que acordaron que el señor Padilla Padilla enmendaría su petición. De...
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