Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 9 de Agosto de 2018 - 200 DPR __

EmisorTribunal Supremo
Número del casoCT-2018-6
DTS2018 DTS 150
TSPR2018 TSPR 150
DPR200 DPR __
Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2018

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Asociación de Maestros,

su sindicato Asociación de Maestros de Puerto Rico-Local Sindical, por sí y

en representación de sus miembros

Parte Recurrida

v.

Departamento de Educación;

Hon.

Julia Keleher, en su carácter oficial como Secretaria del

Departamento de Educación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Parte Peticionaria

Certiorari

2018 TSPR 150

200 DPR __ (2018)

200 D.P.R. __ 2018)

2018 DTS 150 (2018)

Número del Caso: CT-2018-6

Fecha: 9 de agosto de 2018

Certificación intrajurisdiccional

Oficina del Procurador General: Lcdo. Isaías Sánchez Báez

Procurador General

Lcda. Amir C. Nieves Villegas

Procuradora General Auxiliar

Abogados de la parte recurrida: Lcdo. Rafael Nadal Arcelay

Lcda. Melissa López Díaz

Lcdo. Edgardo Pabón Rodríguez

Lcdo. Salvador Antonetti Sutts

Derecho Constitucional, Ley de Reforma de Educativa-

Se revoca la Sentencia

emitida por el Tribunal de Primera Instancia mediante la cual se decretó la inconstitucionalidad de los Artículos 13.05 (a) (4) (5) (6) (7) (8) (9) de la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, Ley Núm. 85-2018, sobre el Programa de Escuelas Públicas Alianza y el Artículo 14.02 (c) del Programa de Libre Selección de Escuelas. Se desestima la demanda de autos.

Tiene la Sentencia del Tribunal con Opiniones de Conformidad y Opiniones Disidentes.

SENTENCIA

(REGLA 50)

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de agosto de 2018.

Examinado el recurso de certificación intrajurisdiccional, así como los escritos presentados por la parte recurrida y la parte interventora, revocamos la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia mediante la cual se decretó la inconstitucionalidad de los Artículos 13.05 (a)

(4) (5) (6) (7) (8) (9) de la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, Ley Núm. 85-2018, sobre el Programa de Escuelas Públicas Alianza y el Artículo 14.02 (c) del Programa de Libre Selección de Escuelas. Como consecuencia, se desestima la demanda de autos.

Notifíquese inmediatamente.

Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Martínez Torres emitió una Opinión de conformidad...

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