Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 26 de Julio de 2018 - 200 DPR __
Emisor | Tribunal Supremo |
Número del caso | AB-2016-224 |
DTS | 2018 DTS 153 |
TSPR | 2018 TSPR 153 |
DPR | 200 DPR __ |
Fecha de Resolución | 26 de Julio de 2018 |
2018 TSPR 153
200 DPR __ (2018)
200 D.P.R. __ (2018)
2018 DTS 153 (2018)
Número del Caso: AB-2016-224
Fecha: 26 de julio de 2018
Abogado del promovido: Por derecho propio.
Oficina de Inspección de Notarías: Lcdo.
Manuel Ávila De Jesús
Director
Oficina del Procurador General: Lcdo.
Joseph Feldstein Del Valle
Sub Procurador General
Lcda.
Gisela Rivera Matos
Procuradora General Auxiliar
Conducta Profesional
Se suspende inmediatamente del ejercicio de la abogacía y la notaría por incumplir con las Órdenes del Tribunal.
La suspensión será efectiva el 18 de agosto de 2018, fecha en que se le notificó por correo certificado al abogado de su suspensión inmediata.
En San Juan, Puerto Rico, a26de julio de 2018.
Una vez más, nos vemos obligados a suspender a un letrado del ejercicio de la abogacía y la notaría por incumplir con nuestras órdenes.
El Lcdo. Rafael A. Lugo Rodríguez fue admitido al ejercicio de la abogacía el 7 de noviembre de 1979. En iguales términos, el 29 de noviembre de 1979 prestó juramento para ejercer el notariado. El 14 de julio de 2016, el Sr. Luis A. Lozada Tua presentó una queja contra el licenciado Lugo Rodríguez ante este Tribunal. Indicó que otorgó tres préstamos a favor de varias personas y el licenciado Lugo Rodríguez preparó tres documentos para garantizar esos préstamos. Señaló que el licenciado Lugo Rodríguez "nunca procesó los documentos", por lo que adujo que no se presentaron en el Registro de la Propiedad y, como consecuencia, perdió el capital objeto de los préstamos.
El 15 de agosto de 2016, la Subsecretaria del Tribunal Supremo le concedió diez días al licenciado Lugo Rodríguez para que contestara la queja. Le informó que, de no comparecer en el término provisto, referiría la queja al Procurador General y a la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN). La notificación fue enviada por correo. El término de diez días transcurrió, pero el letrado no contestó.
El 17 de octubre de 2016, la Subsecretaria del Tribunal Supremo le envió al licenciado Lugo Rodríguez una segunda notificación. Le concedió un término final de diez días para que sometiera su contestación a la queja. Esta notificación...
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