Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 6 de Mayo de 2019 - 202 DPR (2019)
Emisor | Tribunal Supremo |
Número del caso | ER-2018-04A |
DTS | 2019 DTS 83 |
TSPR | 2019 TSPR 083 |
DPR | 202 DPR (2019) |
Fecha de Resolución | 6 de Mayo de 2019 |
2019 TSPR 83
202 DPR __, (2019)
202 D.P.R. ___, (2019)
2019 DTS 83, (2019)
Número del Caso: ER-2018-04A
Fecha: 6 de mayo de 2019
Reglamentos del Tribunal-
Enmienda a la Regla 26 del Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio de Puerto Rico.
En San Juan, Puerto Rico, a 6 de mayo de 2019.
El Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio de Puerto Rico (Reglamento) se aprobó el 12 de octubre de 2018 con una vigencia diferida hasta el 1 de julio de 2019.1 Durante los meses posteriores a su aprobación, la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) y sus respectivas dependencias emprendieron un esfuerzo continuo en aras de cumplir con las disposiciones del Reglamento que exigen ciertas acciones administrativas en anticipación a su entrada en vigor. A modo particular, destacamos la aprobación y publicación de las Normas para la Inscripción como Entidad u Organización Autorizada y el correspondiente formulario de solicitud (OAT 1850). Asimismo, se constituyó la Comisión Permanente para la Evaluación del Sistema de Oficio, que comenzaron los trabajos con el apoyo del Secretariado de la Conferencia Judicial y Notarial (Secretariado), según dispone la Regla 22 del Reglamento. Cabe mencionar, además, la campaña educativa continua que se implementó, la cual incluye seminarios, la publicación de material informativo en el portal de la Rama Judicial y por las redes sociales, entre otros esfuerzos.
Ante los cambios tecnológicos que plantea la implementación de este nuevo ordenamiento y el tiempo que se necesita para la capacitación de la Judicatura y del personal de la Rama Judicial, así como de la comunidad jurídica, resolvemos ampliar la vigencia diferida hasta el 1 de enero de 2020. En conformidad, se enmienda la Regla 26 para que disponga lo siguiente:
Regla 26. Vigencia
Este...
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