Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 7 de Abril de 1899 - 24 D.P.R. 302

EmisorTribunal Supremo
DPR24 D.P.R. 302
Fecha de Resolución 7 de Abril de 1899

24 D.P.R. 302 (1916) RIVERA ET AL. V. NEGRÓN EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Rivera et al., Demandante y Apelado, v. Negrón, Demandado y Apelante.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de San Juan, Sección 1 a., en pleito sobre reivindicación de propiedad inmueble.

No. 1413.-Resuelto en julio 7, 1916.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogado del apelante: Sr. José Martínez Dávila.

Abogado del apelado: Sr. José G. Torres.

El Juez Asociado Sr. Hutchison emitió la opinión del tribunal.

La sentencia dictada en la corte inferior se basó en una opinión que fué emitida por el juez sentenciador, la cual en tanto es pertinente a cualquier cuestión que necesitemos considerar en este caso, dice lo siguiente: "La presente es una acción reivindicatoria, ejercitada por Rafael, Julia y Antonia Rivera, representada esta última por su padre Delfín Rivera Meléndez. Los demandantes reclaman veinte cuerdas de terreno que se describen en la demanda con sus colindancias, radicadas en el municipio de Corozal. Este terreno se compone de dos predios de once cuerdas uno y nueve el otro, colindantes entre sí, encontrándose inscritos ambos en el registro de la propiedad. El demandado alega que únicamente posee una finca de veinte cuerdas radicada en el barrio de Cibuco, jurisdicción de Corozal y según resulta de la prueba esta finca comprende los dos predios descritos en la demanda y reclamados por los demandantes. Demuestra la prueba que el demandado al comprar la finca, tuvo conocimiento de que ésta pertenecía a unos menores y que desde el año 1905 se vienen practicando gestiones por Delfín Rivera y otras personas cerca del referido demandado para obtener la devolución del terreno en litigio, haciéndosele saber que este terreno pertenecía a los demandantes. Estos predios fueron arrendados por Delfín Rivera a Mateo Andreu, cuando sus hijos, los hoy demandantes, eran todos menores de edad. Rivera se ausentó para Morovis donde estuvo enfermo por algún tiempo, y cuando regresó a la finca encontró a Jesús Negrón poseyéndola a título de dueño según se ha demostrado con la prueba testifical. Negrón dice que compró a Mateo Andreu, pero como no se ha demostrado que Delfín Rivera hubiese vendido esta finca debidamente autorizado, al referido Andreu, esta venta no puede tener efecto legal alguno contra los demandantes, estando el demandado obligado a devolver la finca a sus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR