Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 24 D.P.R. 132
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 24 D.P.R. 132 |
24 D.P.R. 132 (1916) PUEBLO V. GARCÃA
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
El Pueblo, Demandante y Apelado, v. GarcÃa, Acusado y Apelante.
Apelación procedente de la Corte de Distrito de Humacao en causa por
adulterio.
No. 1017.-Resuelto en junio 19, 1916.
Los hechos están expresados en la opinión.
Abogado del apelante: Sr. Juan B. Huyke.
Abogado del apelado: Sr. Salvador Mestre, Fiscal.
El Juez Asociado Sr. Aldrey, emitió la opinión del tribunal.
En la apelación que estableció Alejandro GarcÃa contra la sentencia que lo
declaró culpable del delito de adulterio no ha presentado alegato escrito
especificando los errores que a su juicio produzcan la revocación de la
sentencia, pero en el informe oral su abogado reprodujo las objeciones que
hizo en el juicio a la admisión de cierta evidencia que estimó impropia.
La acusación imputó al apelante que habÃa tenido actos de comercio carnal
con Catalina Mestre, que no era su esposa, estando él casado con otra
mujer.
Cuando el Fiscal presentó en el juicio como testigo a la joven de quince
años Catalina Mestre y le manifestó que dijera al tribunal lo que habÃa
ocurrido entre ella y el acusado se opuso el abogado de éste a que la
testigo contestara la pregunta por entender que de acuerdo con el artÃculo
270 del Código Penal y el 239 del Código de Enjuiciamiento Criminal, siendo
la testigo co-autora del delito no podÃa declarar a menos que se cumplieran
los trámites establecidos por la ley. El tribunal permitió la contestación
y la defensa del acusado hizo constar su excepción.
El artÃculo del Código Penal a que se refiere el apelante dispone que
también incurrirá en el delito de adulterio el hombre o mujer casados; y el
239 del Código de Enjuiciamiento Criminal que cuando dos o más personas
hayan sido incluÃdas en una misma acusación, el tribunal podrá en cualquier
tiempo antes de que los acusados hayan empezado su defensa, decretar a
petición del Fiscal la exclusión del juicio de cualquiera de los acusados
con objeto de que sirva como testigo del poder público.
Es cierto que para que exista el delito de adulterio es necesaria la
intervención de un hombre y de una mujer y que ambos cometen el delito
aunque uno solo sea casado, pero el artÃculo 239 en que se fundó el apelante
para oponerse a la declaración de la mujer con quien se alega que cometió
adulterio no es aplicable a este caso porque ella no fué
incluÃda en la
acusación que se hizo a Alejandro GarcÃa...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 28 de Junio de 2002 - 157 DPR 360
...que han subido a este Tribunal; Pueblo v. Guzmán, 11 D.P.R. 532 (1906); Pueblo v. Birrier et al, 18 D.P.R. 265 (1912); Pueblo v. García, 24 D.P.R. 132 (1916); Pueblo v. Rivera, 26 D.P.R. 275 (1918); Pueblo v. Agustín del Valle, 34 D.P.R. 858 (1925); Pueblo v. Ocasio Rivera, 52 D.P.R. 386 (1......
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...que han subido a este Tribunal; Pueblo v. Guzmán, 11 D.P.R. 532 (1906); Pueblo v. Birrier et al, 18 D.P.R. 265 (1912); Pueblo v. García, 24 D.P.R. 132 (1916); Pueblo v. Rivera, 26 D.P.R. 275 (1918); Pueblo v. Agustín del Valle, 34 D.P.R. 858 (1925); Pueblo v. Ocasio Rivera, 52 D.P.R. 386 (1......