Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 26 D.P.R. 36

EmisorTribunal Supremo
DPR26 D.P.R. 36

26 D.P.R. 36 (1917) DÍAZ NAVARRO V. FISCAL GENERAL

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Díaz Navarro, Peticionario, v. Kern, Fiscal General de Puerto Rico,

Demandado.

Solicitud para que se expida un auto de mandamus al Fiscal General de Puerto

Rico.

No. 167.-Resuelto en diciembre 14, 1917.

Los hechos están expresados en la opinión.

El peticionario compareció en nombre propio.

El demandado también compareció en nombre propio y por su Fiscal, Salvador

Mestre.

El Juez Asociado Sr. del Toro, emitió la opinión del tribunal.

Herminio Díaz Navarro presentó a esta Corte Suprema un escrito solicitando

la expedición de un auto de mandamus ordenando al Attorney General de Puerto

Rico que disponga la entrega al peticionario de los protocolos notariales

del Distrito de San Juan.

El peticionario alega en su escrito lo que sigue:

"Que es como consta en el archivo de esa Corte Suprema el abogado en

ejercicio más antiguo de esta localidad.

"Que como también consta en los archivos de esa Corte Suprema venía

desempeñando el cargo de Archivero General de los protocolos notariales del

distrito.

"Que por haber sufrido un accidente automovilista fué

declarado por la Corte

de Distrito de San Juan incapaz en el ejercicio de su profesión.

"Que en virtud de ello fué nombrado para el dicho cargo el abogado Sr. Juan

Guzmán Benítez.

Que la Corte de Distrito de San Juan en la resolución que debidamente

certificada acompaña, hubo de declararme hábil para el ejercicio de mi

profesión y en tal virtud habiendo el que suscribe acudido al Attorney

General para que ordenase al Sr. Guzmán Benítez se le entregara el archivo

general de protocolos notariales, se negó a hacerlo dicho Attorney General

según así se comprueba con la comunicación general que va adjunta.

La negativa consta en una carta que copiada textualmente dice así:

Septiembre 21, 1917. Lcdo. Herminio Díaz Navarro, San Juan, P. R. Señor:

He recibido su carta del día 14 del mes en curso, solicitando se le nombre

archivero general del distrito, comunicando tal nombramiento al Sr. Juan

Guzmán Benítez, para que éste proceda a la entrega del archivo.

En

contestación le informo que el Sr. Guzmán Benítez, fué nombrado por mí

archivero general de este distrito, de acuerdo con la ley, y que no

considero que deba revocar tal nombramiento. Ahora bien, si Ud.

entiende

que Ud. tiene más derecho que este señor a desempeñar el cargo, puede

discutir la existencia de tal derecho con el actual archivero general...

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