Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 27 D.P.R. 975

EmisorTribunal Supremo
DPR27 D.P.R. 975

27 D.P.R. 975 (1919) SUAU, EX PARTE

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Suau, Ex Parte, Peticionario y Apelante.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de Arecibo en procedimiento

sobre autorización judicial para vender bienes y pagar deudas de la herencia.

No. 2029.-Resuelto en diciembre 23, 1919.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogado del peticionario apelante: Sr. José D. Rodríguez.

El Juez Asociado Sr. Wolf, emitió la opinión del tribunal.

La Corte de Distrito de Arecibo dictó resolución en la que se expresa que

Bernardo Suau Ballester como albacea testamentario de Ignacio Sorondo

presentó una petición a la corte solicitando permiso para vender los bienes

muebles y el inmueble que se menciona en la petición, ascendiendo dichos

bienes a la suma de $2,909, con el fin de pagar las deudas también

relacionadas en la solicitud.

La corte pasa a declarar que por cuanto en la cláusula octava del testamento

de dicho Sorondo solamente se conferían al albacea las facultades

determinadas en el Código Civil y la de posesionarse y administrar los

bienes mientras se halla la herencia yacente y cobrar sumas, dando y

recibiendo recibos y cartas de pago sin que se le haya conferido facultad de

pagar deudas ni vender bienes de ninguna clase, para tener las facultades

sería preciso que expresamente le hubieren sido conferidas; y por cuanto

dicho albacea no se halla constituído en administrador judicial como se ha

indicado en el caso de Sucesión Criado v. Martínez, 25 D. P. R.

334, que por

tanto la solicitud debe ser desestimada.

La petición cita un número de documentos que acompañan a la misma como

pruebas, incluyendo el testamento en cuestión. Estas pruebas no han sido

certificadas a este tribunal en ninguna forma. No tenemos oportunidad de

ver el testamento o los demás documentos que se presentaron a la corte

inferior. Por tanto no tenemos facultad para...

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