Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 26 de Abril de 1917 - 27 D.P.R. 528

EmisorTribunal Supremo
DPR27 D.P.R. 528
Fecha de Resolución26 de Abril de 1917

27 D.P.R. 528 (1919) IGLESIA CATÓLICCA V. ARROYO EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO La Iglesia Católica de Manatí, Demandante y Apelante, v. Arroyo, Demandado y Apelado.

Apelación procedente de la Corte de Distrito de Arecibo en pleito sobre acción reivindicatoria.

No. 2006.-Resuelto en junio 13, 1919.

Los hechos están expresados en la opinión.

Abogado de la apelante: Sr. José Martínez Dávila.

Abogado del apelado: Sr. Pedro González.

El Juez Asociado Sr. Aldrey, emitió la opinión del tribunal.

Todo lo que conocemos de este pleito por la transcripción que del mismo nos ha sido presentada es que iniciado en 26 de abril de 1917, contestada la demanda en 16 de mayo siguiente y comparecido la sucesión del demandado en octubre del mismo año por la muerte de su causante, en 2 de noviembre de 1918, ambas partes suscribieron un escrito en el que, alegando que el juicio estaba señalado para el día 13 de dicho mes y año y que el abogado del demandante no podría concurrir a él, a causa de sus ocupaciones, pidieron de común acuerdo que fuera suspendido. No consta la fecha de presentación de ese escrito ni hay en la transcripción ninguna otra actuación con excepción de la resolución de la corte inferior de fecha 14 de febrero de 1919 desestimando el pleito por abandono de la acción, y el escrito del demandante apelando de ella.

Según la resolución apelada el día en que se dictó estaba señalado el juicio y no compareció ninguna de las partes, habían tenido lugar diversas suspensiones en todos los términos desde octubre de 1918 y en noviembre de 1918 se había dictado sentencia de desistimiento por abandono de la acción por no haber concurrido al juicio las partes, sentencia que luego se dejó sin efecto.

Ateniéndonos solamente a las...

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