Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 29 D.P.R. 744
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 29 D.P.R. 744 |
29 D.P.R. 744 (1921)
CASTRO V. QUIÑONES
Apelación procedente de la Corte de Distrito de Ponce en pleito sobre
filiación y alimentos.
No. 2286. Resuelto en julio 9, 1921.
Abogado del apelante: Sr. R. Martínez Nadal.
Abogado de las apeladas: Sr. T. Castillo.
El Juez Asociado Sr. Hutchison, emitió la opinión del tribunal.
El alegato presentado en este caso no contiene señalamiento de errores por
separado, pero en el curso de la argumentación se admite que no existen
conflictos de derecho y se alega que la corte inferior "cometió un error
perjudicial al demandado al apreciar la prueba ofrecida por ambas partes en
este caso."
El argumento para sostener esta proposición que más bien es amplia, es en
substancia que los demandantes presentaron un número considerable de
testigos que hablaron sobre las relaciones paternales, visitas y pretendidas
caricias; que esta prueba fué contradicha por las declaraciones de los
testigos de la defensa; que el demandado tenía dos hijos naturales
reconocidos con la madre de la demandante y que era natural que antes de
separarse totalmente de ella visitase él la casa de ésta y acariciase a los
dos hijos que había reconocido, dando así
base para que los testigos poco
escrupulosos y veraces pudieran sostener el hecho de que él continuó después
observando igual conducta con los dos hijos postizos; que el demandado
declaró que desde más de un año antes del nacimiento de las demandantes se
había separado en absoluto de la madre; que el demandado es hoy un hombre
casado y lo era cuando otorgó la escritura de recocimiento de las dos hijas
naturales por él reconocidas; que a la fecha de esta escritura las
demandantes tenían ocho o nueve años, y que es un hecho significativo que el
demandado se allanara así a reconocer los dos hijos naturales suyos y se
negase a hacerlo con los otros; que los disgustos y asperezas en su hogar
serían los mismos tratándose del reconocimiento de dos que de cuatro hijos;
que los perjuicios materiales que ocasionaba a su familia legítima serían
casi exactamente iguales en uno u otro caso; que siendo esto así el único
motivo que el demandado pudo haber tenido al negarse a reconocer a las
demandantes ha de encontrarse en la seguridad que tenía de la imposibilidad
fisiológica de la paternidad que alegan las demandantes; y que corroborado
por estas circunstancias la...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 20 de Octubre de 1928 - 44 D.P.R. 171
...de la corte inferior, según dijimos en Mercado v. Sucn. Mangual, 35 D.P.R. 423, en el que se citaron los casos de Castro v. Quiñones, 29 D.P.R. 744, y de Montalvo v. Montalvo, 25 D.P.R. 858. El hecho de que la corte inferior no pusiera en duda la buena fe con que declaró el testigo Fortier,......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 17 de Mayo de 1948 - 68 D.P.R. 756
...generalmente no revocaremos la conclusión de la corte sentenciadora. Mercado v. Sucn. Mangual, 35 D.P.R. 422; Castro et al. v. Quiñones, 29 D.P.R. 744; No podemos convenir con la apelante en que la corte inferior estaba obligada a dar crédito a su prueba por el hecho de que existan contradi......
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