Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 29 D.P.R. 109
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 29 D.P.R. 109 |
Apelación procedente de la Corte de Distrito de San Juan, Sección Primera,
en recurso de habeas corpus.
No. 1571. Resuelto en febrero 14, 1921.
Abogados del apelante: Sres. R. Díaz Collazo y José E. Figueras, Fiscales.
Abogado del apelado: Sr.
José de Guzmán Benítez.
El Juez Asociado Sr. Aldrey, emitió la opinión del tribunal.
Pedro Gandía Córdova presentó
en la Corte de Distrito de San Juan, Sección
Primera, una solicitud de habeas corpus alegando que había sido detenido por
orden del fiscal del mismo distrito por el delito de perjurio sin que exista
causa probable para su detención por lo que pidió se ordenara su
excarcelación.
Oído el peticionario y el fiscal la corte ordenó la libertad del detenido y
contra esa resolución interpuso el fiscal de distrito el presente recurso de
apelación en el que alega que la corte inferior resolvió erróneamente la
petición del apelado porque probó causa probable para la detención y porque
indebidamente admitió prueba al peticionario.
Para probar el fiscal a la corte inferior que tenía causa probable para la
detención de Gandía presentó
la siguiente evidencia:
La denuncia que ante él juró el abogado Cayetano Coll y Cuchí, que
dice así:
"El que suscribe, abogado, presenta ante Vd. a su consideración los hechos
relatados a continuación constitutivos del delito de perjurio previsto y
penado en nuestro Código Penal, solicitando la correspondiente investigación
del asunto.
"En un pleito seguido ante la Sección Primera de la Corte de Distrito, Pedro
Gandía, después de haber prestado juramento en debida forma, maliciosamente
y a sabiendas declaró
falsamente en la siguiente forma:
"¿Y como es que Vd. era dueño de esas 60 acciones que dice ahí la escritura
de liquidación, a título de qué era Vd. dueño de esas 60 acciones? --Al
incorporarse la Compañía en junio del 13 se incorporó con 60 acciones a
nombre de Stubbe, 60 mías, 3 de Federico Stubbe y 2 de Héctor Cestero según
el acta de incorporación.
"¿Eso fué al incorporarse? --Sí señor.
"¿En qué fecha Vd. dice que se verificó esa incorporación? --El 18 de junio
de 1913.
"¿Y dice Vd. que en esa incorporación Vd. tenía 60 acciones? --Sí señor.
"¿Cómo las tenía Vd.
esas 60 acciones? --Que había contribuído con ellas a
la incorporación de la Compañía.
"¿Pero cómo las adquirió
Vd? --Pagándolas.
"¿Vd. firmó como incorporador el certificado de incorporación? --Sí señor.
"¿Ante qué notario?
--Ante el Lcdo. Coll Cuchí.
"¿Quién más firmó con Vd? --Los demás incorporadores.
"¿Quiénes eran?
--Johann D. Stubbe, Federico Stubbe y Héctor Cestero.
"¿El Sr. Gandía recuerda cómo se formó la Porto Rico Fertilizer Company en
la cual él era Presidente?
--Se formó con un capital en acciones de 12,500 pesos.
"No le pregunto eso. ¿No recuerda que se formó por virtud de un convenio
firmado entre Gandía & Stubbe y una sociedad americana que se llama Virginia
Carolina Chemical Company?
--Sí señor.
"¿Recuerda quién firmó
ese convenio por Gandía & Stubbe? --No recuerdo si
lo firmé yo.
"¿Recuerda los términos de ese convenio? --No los recuerdo.
"Vamos a ver si hacemos memoria. ¿Recuerda el Sr. Gandía si se convino que
Gandía & Stubbe tomaría 500?
"¿Recuerda el Sr. Gandía si él personalmente como socio gestor de Gandía &
Stubbe convino con la Virginia Carolina Chemical Company en organizar una
Compañía con 25,000 dollars en acciones para vender abonos, de los cuales
necesariamente Gandía & Stubbe tendrían 12,500 dollars en acciones?
"¿Recuerda el Sr. Gandía eso o no? --Lo recuerdo.
"¿Fué así? --Sí señor, pero se dividieron las acciones para cada uno.
"¿Se pusieron acciones a nombre de cada uno? --Se pusieron no, se tomaron a
nombre de cada uno.
"¿Quién las pagó?
--Nosotros.
"¿Quiénes son nosotros? --Los que las tomaron.
"¿Pero quiénes son?
--Johann D. Stubbe.
"¿Johann D. Stubbe pagó
cuántas? --60.
"¿Cuánto pagó por ellas? --6,000 dollars.
"¿En qué? --Supongo que en dinero.
"¿Vd. como Presidente de la Compañía sabe o no sabe en qué pagó...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 18 de Junio de 1958 - 80 D.P.R. 463
...al expedir el cheque fue el de defraudar a su acreedor (sección 5, supra)." Ex parte Salvá , 41 D.P.R. 27 (1930);Gandía v. El Pueblo, 29 D.P.R. 109, 115 (1921). Cf. Steward, In re, 2 Cal. App. 2d 252, 37 P.2d 699;Meisner, In re, 30 Cal. App. 2d 290, 86 P.2d 124;Ex parte Griffin, 257 Pac. 45......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2001, número de resolución KLCE0100327
...Véase, Pueblo v. Vélez, 77 D.P.R. 817, 821-822 (1955); El Pueblo v. Barbosa, 29 D.P.R. 465, 466-468 (1921); Gandía v. El Pueblo, 29 D.P.R. 109, 115-116 (1921); El Pueblo v. Ortiz, 11 D.P.R. 405, 407 (1906); El Pueblo v. Colón, 10 D.P.R. 207, 209-210 (1906); El Pueblo v. Acevedo, 10 31, 33-3......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 13 de Abril de 1962 - 85 D.P.R. 160
...ciertos conociendo su falsedad, Pueblo v. Nadal, 64 D.P.R. 361 (1945); Pueblo v. Marchany, 61 D.P.R. 699 (1943); Gandía v. El Pueblo, 29 D.P.R. 109 (1921); Pueblo v. García, 24 698 (1917); Pueblo v. Ayala, 13 D.P.R. 201 (1907); Pueblo v. Colón, 10 D.P.R. 1207 (1906), y además que los hechos......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 18 de Junio de 1958 - 80 D.P.R. 463
...al expedir el cheque fue el de defraudar a su acreedor (sección 5, supra)." Ex parte Salvá , 41 D.P.R. 27 (1930);Gandía v. El Pueblo, 29 D.P.R. 109, 115 (1921). Cf. Steward, In re, 2 Cal. App. 2d 252, 37 P.2d 699;Meisner, In re, 30 Cal. App. 2d 290, 86 P.2d 124;Ex parte Griffin, 257 Pac. 45......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2001, número de resolución KLCE0100327
...Véase, Pueblo v. Vélez, 77 D.P.R. 817, 821-822 (1955); El Pueblo v. Barbosa, 29 D.P.R. 465, 466-468 (1921); Gandía v. El Pueblo, 29 D.P.R. 109, 115-116 (1921); El Pueblo v. Ortiz, 11 D.P.R. 405, 407 (1906); El Pueblo v. Colón, 10 D.P.R. 207, 209-210 (1906); El Pueblo v. Acevedo, 10 31, 33-3......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 13 de Abril de 1962 - 85 D.P.R. 160
...ciertos conociendo su falsedad, Pueblo v. Nadal, 64 D.P.R. 361 (1945); Pueblo v. Marchany, 61 D.P.R. 699 (1943); Gandía v. El Pueblo, 29 D.P.R. 109 (1921); Pueblo v. García, 24 698 (1917); Pueblo v. Ayala, 13 D.P.R. 201 (1907); Pueblo v. Colón, 10 D.P.R. 1207 (1906), y además que los hechos......