Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 33 D.P.R. 931

EmisorTribunal Supremo
DPR33 D.P.R. 931

33 D.P.R. 931 (1925) SALGADO V. FIGUEROA

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Salgado, Demandante y Apelante,

v.

Figueroa, Demandado y Apelado.

No.: 3360

Visto: Diciembre 19, 1924

Resuelto: Enero 22, 1925.

Sentencia de C. Foote, J. (San Juan, Primer Distrito), en una acción en

cobro de dinero, declarando sin lugar la demanda, con las costas. Revocada

en parte.

G. Cruzado Silva y C. Coll Cuchí, abogados del apelante; A. Marín Marién,

abogado del apelado.

El Juez Asociado Señor Aldrey, emitió la opinión del tribunal.

La demanda enmendada en este pleito alega separadamente dos causas de

acción, siendo los hechos expuestos en la primera que el demandante es

constructor de obras y como tal contrató

con el demandado fabricarle una

casa por cuyo trabajo recibiría la mitad del exceso que resultara hasta

$6,000 si lograba construirla con $4,500 a $5,000, con cuyas condiciones

comenzó la obra después de haber hecho sus clculos y en la seguridad de que

edificaría la casa con $5,000 por lo que le corresponderían $500, mitad de

la diferencia entre $5,000 y $6,000, pero después de empezada la obra el

demandado exigió en ella ampliaciones y modificaciones, y habiéndole llamado

el demandante la atención de que con esas modificaciones tendría que gastar

$3,000 a $4,000 más le contestó el demandado que no importaba y que los $500

que él le había prometido como mitad de los $1,000 estipulados originalmente

le serían satisfechos, habiendo subido así

el costo de la edificación a

$9,000, y que el demandado se niega a satisfacerle dichos $500 y también

otros $500 en que el demandante estima el valor de su trabajo por el aumento

de la obra hecho fuera del contrato primitivo. En la segunda causa de

acción se alega que el demandante suministró

para la construcción de la casa

toda la arena que fué necesaria para ella ascendente a 215 metros, que a

razón de $2.50 el metro importa $537.50, cantidad que también se niega a

pagarle el demandado.

Formulada excepción previa contra esa demanda por no aducir hechos

suficientes para las dos causas de acción que se ejercitan la corte la

sostuvo en cuanto a los $500 que se reclaman por el trabajo realizado por el

demandante para el demandado en el aumento de obra, porque no se dice que

esa cantidad sea el valor real o razonable de la obra realizada sino una

mera estimación que hace el demandante; y también en cuanto a la reclamación

por la arena porque no alegándose que hubiera contrato o convenio alguno

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 temas prácticos
2 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR