Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 13 de Noviembre de 1920 - 34 D.P.R. 536

EmisorTribunal Supremo
DPR34 D.P.R. 536
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 1920

34 D.P.R. 536 (1925) ORTIZ LUNA V. CLAUSELLS ARMSTRONG TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO Josefa Amalia Ortiz Luna, demandante y apelada, v.

Pedro Clausells Armstrong, Manuel Antonio Mayoral Barnés, Manuel Mayoral Barnés, Ana María Barnés Plaja y Antonio Dominicci Ortiz, demandados y apelante el primero.

No.: 3295 Visto: Enero 20, 1925, Resuelto: Julio 24, 1925.

Sentencia de R. Díaz Cintrón, J. (Ponce), declarando con lugar la demanda, con costas. Revocada en cuanto se refiere al apelante.

José F. Fernández Coronas y José Fernández Segarra, abogados del apelante; José R. Gelpí y Angel Fiol Negrón, abogados de la apelada.

El Juez Asociado Señor Aldrey, emitió la opinión del tribunal.

Por escritura pública No. 225 de 13 de noviembre de 1920 don Antonio Dominicci como apoderado de su madre Josefa Amalia Ortiz vendió a don Manuel Antonio Mayoral Barnés una finca de seis cuerdas de terreno y un solar por precio de $3,200 que confesó haber recibido antes de aquel acto; y el mismo día y ante el mismo notario fué otorgada otra escritura No. 226 en la que doña Ana María Barnés Plaja con el consentimento de su esposo don Manuel Mayoral Barnés reconoció haber recibido de doña Josefa Amalia Ortiz por conducto de su apoderado Dominicci la cantidad de $3,200 en calidad de préstamo cuya devolución le garantizó con certificados de acciones preferidas y con acciones comunes, cuyo valor se fijó en $6,400, de la Sociedad Hidroeléctrica de Ponce. Posteriormente, por escritura de 15 de enero de 1921 don Pedro Clausells compró a don Manuel Antonio Mayoral Barnés las dos expresadas fincas.

Más tarde doña Josefa Amalia Ortiz demandó a su hijo Dominicci, a don Manuel Antonio Mayoral Barnés, a los padres de éste don Manuel Mayoral Barnés y doña Ana María Barnés Plaja y a don Pedro Clausells alegando que don Manuel Mayoral Barnés, padre, y don Pedro Clausells se pusieron de acuerdo para comprar dichas fincas a su apoderado pero la escritura fué otorgada a nombre de un hijo de don Manuel Mayoral Barnés, ignorando el apoderado que dicho señor tuviera un hijo de los mismos nombres y apellidos: que el precio de la venta no ha sido satisfecho por los demandados: que Manuel Mayoral Barnés y don Pedro Clausells eran oficiales de la Sociedad Hidroeléctrica de Ponce y sabían que las acciones de dicha compañía no tenían valor en el mercado pero con el propósito de defraudar a la demandante convencieron a su apoderado para que firmase la escritura No. 226 por la que doña Ana María...

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