Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 35 D.P.R. 1015
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 35 D.P.R. 1015 |
José
Plumey, demandado y apelante.
No.: 3795, -Visto: Enero 12, 1926, Resuelto: Julio 30, 1926.
Sentencia de Tomás Bryan, J. (Aguadilla), declarando con lugar la demanda,
con costas. Confirmada.
García Méndez & García Méndez, abogados del apelante; Alberto García Ducós,
abogado de la apelada.
El Juez Asociado Señor Wolf, emitió la opinión del tribunal.
El apelante, cuya posesión de una finca se alegaba que era en precario, se
defendió en un juicio de desahucio fundándose en que Calcerrada Bernal &
Co., cedentes de la demandante, habían convenido y consentido que el
apelante construyera una casa en dicha finca. La contestación también
alegaba que dichos cedentes habían otorgado un documento según el cual el
citado demandado no tenía que pagar ninguna renta y que cuando se efectuó la
venta a Rosa Marrero dichos cedentes notificaron expresamente a ella del
permiso dádole y del convenio hecho con José Plumey, el demandado-apelante,
e impusieron la condición de que Rosa Marrero respetara la posesión de José
Plumey.
La corte substancialmente llegó a los siguientes hechos y conclusiones: 1,
Que Rosa Marrero era dueña de la finca que se describe en la demanda; 2, Que
dicha finca la adquirió Rosa Marrero por compra a ciertos cedentes
mencionados en una escritura otorgada ante un notario; 3, Que el demandado
ocupa esa finca sin pagar nada por ella; 4, Que la posesión ha sido
solicitada y rehusada; 5, Que no existe, propiamente dicho, un conflicto de
títulos en este caso; 6, Que Rosa Marrero nunca reconoció derecho alguno al
demandado respecto a toda o parte de la finca objeto de este pleito, ni
mucho menos permitió dejar a Plumey eternamente poseyendo toda o parte de la
finca que compró; 7, Que la posesión del demandado no ha sido con entera
independencia de la demandante.
Nos sentimos obligados a convenir con la apelada, y por tanto con la corte,
que la mera aserción de un título independiente y de alguna prueba tendente
a probar tal aserción no echará a perder un pleito de desahucio, ni obligar
al demandante a recurrir a una acción reivindicatoria. Hemos resuelto lo
contrario en el caso de Lafontaine v.
Lafontaine, 30 D.P.R. 194. Si la
corte no cree la prueba sometídale, no se puede decir que el demandado ha
suministrado el principio de prueba a que se refiere la jurisprudencia.
Según indica la apelada, si la...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 18 de Julio de 1933 - 51 D.P.R. 495
...No cometió la corte inferior el tercer error señalado. Véanse: Lafontaine et al. v. Lafontaine y Pérez, 30 D.P.R. 194; Marrero v. Plumey, 35 D.P.R. 1015. El cuarto error señalado debe seguir igual suerte que el tercero, por las mismas razones, y porque aun asumiendo que los demandantes estu......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 17 de Febrero de 1941 - 58 D.P.R. 70
...un conflicto de títulos entre ella y los demandantes. Véanse: Lafontaine v. Lafontaine, 30 D.P.R. 194; Marreto v. Plumey, 35 D.P.R. 1015; Franceschi v. Claudio Elena, 51 D.P.R. 495; y Molina v. Molina, 54 D.P.R. 227. La sentencia apelada se ajusta a derecho y debe ser c......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 41 D.P.R. 174
...contiene tal disposición. Un ligero examen del caso de Lafontaine et al. v. Lafontaine et al, 30 D.P.R. 194, y del de Marrero v. Plumey, 35 D.P.R. 1015, los distinguirá del Debe confirmarse la sentencia recurrida. El Juez Asociado Señor Texidor no intervino.
- Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 3 de Julio de 1935 - 55 D.P.R. 18
...resuelto que una mera alegación de título sin más pueda destruir la acción posesoria de un demandante..." En el de Marrero v. Plumey, 35 D.P.R. 1015, 1017, se cita con aprobación el caso de Lafontaine, supra, y se "Nos sentimos obligados a convenir con la apelada, y por tanto con la corte, ...... - Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 3 de Julio de 1935 - 55 D.P.R. 18
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