Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 35 D.P.R. 373
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 35 D.P.R. 373 |
v.
No.: 3790, -Visto: Febrero 19, 1926, Resuelto: Abril 28, 1926.
Sentencia de M. Rodríguez Serra, J.
(Segundo Distrito, San Juan), declarando
con lugar demanda de divorcio, con costas.
Confirmada.
Juan B. Soto, abogado del apelante; Román Díaz Collazo, abogado de la apelada.
El Juez Asociado Señor Hutchison, emitió la opinión del tribunal.
La demandante obtuvo sentencia de divorcio a su favor y el demandado alega
que la corte inferior cometió los siguientes errores:
"Primero: --La Corte erró al declarar con lugar la demanda, y en su
consecuencia probadas todas sus alegaciones, cuando en realidad de verdad
éstas no solamente dejaron de probarse, sino que fueron contradichas y
desvirtuadas por la prueba del demandado.
Segundo: --La Corte erró al declarar con lugar la demanda y al no
desestimar la misma, habida consideración de no aparecer de la prueba
presentada, ser ella el cónyuge inocente en cuanto a los hechos que
motivaron la acción de divorcio, y al haber admitido su culpabilidad en
cuanto a los mismos.
El divorcio fué decretado por el fundamento de trato cruel. La demandante
declaró sobre un acometimiento grave por parte del demandado al regreso de
la demandante después de haber salido de la casa a una diligencia
desatendiendo las órdenes anteriores del demandado.
El demandado negó la agresión pero admitió
al declarar como testigo que
mientras la demandante estaba en la iglesia el demandado registró su baúl y
encontró una carta de su madre; que luego al llevar a cabo el plan que
cuidadosamente había concebido, el demandado logró sorprender a la
demandante cuando estaba contestando la carta de referencia; y al negarse
dicha demandante a entregar tal contestación el demandado la obtuvo mediante
violencia.
Estas dos cartas fueron presentadas como prueba por el demandado. La
primera es completamente laudatoria para el demandado, contiene muchos sanos
consejos y parece haber sido escrita por una suegra excepcionalmente
discreta, así como por una inteligente y afectuosa madre. Desgraciadamente
para la demandante, sin embargo, resulta también muy claro que dicha carta
fué escrita en contestación a una queja que a su madre le hiciera la
demandante.
La contestación a esta carta que fué cogida por el demandado, contiene un
relato de la violencia y el lenguaje abusivo del demandado; y el demandado
admitió que después del incidente arriba referido mandó a la demandante a
donde su madre.
La demandante en la fecha de los anteriores sucesos era una mujer joven de
20 años y estaba encinta.
La edad precisa del demandado no consta, pero los autos revelan que era el
padre de seis hijos habidos con la anterior esposa, de quien se había
divorciado poco...
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