Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 35 D.P.R. 373

EmisorTribunal Supremo
DPR35 D.P.R. 373

35 D.P.R. 373 (1926) SANTIAGO V. JIMÉNEZ

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Rafaela Santiago, demandante y apelada,

v.

Ulises Jiménez, demandado y apelante.

No.: 3790, -Visto: Febrero 19, 1926, Resuelto: Abril 28, 1926.

Sentencia de M. Rodríguez Serra, J.

(Segundo Distrito, San Juan), declarando

con lugar demanda de divorcio, con costas.

Confirmada.

Juan B. Soto, abogado del apelante; Román Díaz Collazo, abogado de la apelada.

El Juez Asociado Señor Hutchison, emitió la opinión del tribunal.

La demandante obtuvo sentencia de divorcio a su favor y el demandado alega

que la corte inferior cometió los siguientes errores:

"Primero: --La Corte erró al declarar con lugar la demanda, y en su

consecuencia probadas todas sus alegaciones, cuando en realidad de verdad

éstas no solamente dejaron de probarse, sino que fueron contradichas y

desvirtuadas por la prueba del demandado.

Segundo: --La Corte erró al declarar con lugar la demanda y al no

desestimar la misma, habida consideración de no aparecer de la prueba

presentada, ser ella el cónyuge inocente en cuanto a los hechos que

motivaron la acción de divorcio, y al haber admitido su culpabilidad en

cuanto a los mismos.

El divorcio fué decretado por el fundamento de trato cruel. La demandante

declaró sobre un acometimiento grave por parte del demandado al regreso de

la demandante después de haber salido de la casa a una diligencia

desatendiendo las órdenes anteriores del demandado.

El demandado negó la agresión pero admitió

al declarar como testigo que

mientras la demandante estaba en la iglesia el demandado registró su baúl y

encontró una carta de su madre; que luego al llevar a cabo el plan que

cuidadosamente había concebido, el demandado logró sorprender a la

demandante cuando estaba contestando la carta de referencia; y al negarse

dicha demandante a entregar tal contestación el demandado la obtuvo mediante

violencia.

Estas dos cartas fueron presentadas como prueba por el demandado. La

primera es completamente laudatoria para el demandado, contiene muchos sanos

consejos y parece haber sido escrita por una suegra excepcionalmente

discreta, así como por una inteligente y afectuosa madre. Desgraciadamente

para la demandante, sin embargo, resulta también muy claro que dicha carta

fué escrita en contestación a una queja que a su madre le hiciera la

demandante.

La contestación a esta carta que fué cogida por el demandado, contiene un

relato de la violencia y el lenguaje abusivo del demandado; y el demandado

admitió que después del incidente arriba referido mandó a la demandante a

donde su madre.

La demandante en la fecha de los anteriores sucesos era una mujer joven de

20 años y estaba encinta.

La edad precisa del demandado no consta, pero los autos revelan que era el

padre de seis hijos habidos con la anterior esposa, de quien se había

divorciado poco...

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