Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 38 D.P.R. 350
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 38 D.P.R. 350 |
No.: 722, -Sometido: Mayo 22, 1928, Resuelto: Junio 8, 1928.
Nota de R. B.
Pérez Mercado, R. (Guayama), denegando anotación de un
contrato de préstamo refaccionario en cuanto a sumas concedidas en exceso
del préstamo así
como en cuanto a los intereses, por no determinarse
cantidad para garantizar esos extremos. Confirmada.
Joaquín Vendrell, abogado del recurrente; el registrador, recurrido
compareció por escrito.
El Juez Asociado Señor Texidor, emitió la opinión del tribunal.
Bosch Brothers, sociedad mercantil, es dueña de una finca rústica de 107
cuerdas y 27 centésimas en Cayey. Para preparar, sembrar y cultivar caña de
azúcar en cincuenta cuerdas de esa finca, para las zafras de 1929 y 1930,
necesitó Bosch Brothers fondos, y acudió a The United Porto Rican Bank que,
por escritura otorgada ante el notario don Joaquín Vendrell en 31 de enero
de 1928, convino en conceder a Bosch Brothers un crédito refaccionario para
tal fin, apareciendo de la cláusula B de la copia de la escritura ante
nosotros que el crédito se da para atender a los gastos de preparación del
terreno, siembra, sostenimiento, cultivo, recolección y administración de
las cañas sembradas en la finca para la zafra de mil novecientos veinte y
nueve, hasta la suma de cincuenta dollars por cada cuerda sembrada de cañas
de gran cultivo o plantilla, y de veinte y cinco dollars por cada cuerda
cuando las cañas tengan la condición de retoños. Se obligó el Banco citado
a entregar las sumas en cantidades parciales, según se necesitaran para el
cultivo, reservándose el derecho de inspección de las plantaciones, y la
prestataria a pagar con el azúcar que produjeran las cañas sembradas para la
zafra de 1929, cuya azúcar se entregaría a la citada institución bancaria,
aunque el número de cuerdas sembradas excediera al señalado en el contrato.
Y asimismo se reservó The United Porto Rican Bank el derecho de administrar
las cañas sembradas para la zafra de 1929, si la prestataria agotase el
importe del préstamo refaccionario que le concedía; y la opción para
anticipar a tal prestataria las sumas necesarias para terminar la
recolección y corte y demás gastos, cargando las tales sumas a la cuenta de
refacción. Y en cuanto a la liquidación, se hizo constar lo que sigue:
(F)...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 21 de Diciembre de 1928 - 42 D.P.R. 757
...el apelante se enfrenta al obstáculo de nuestra decisión en el recurso gubernativo United Porto Rican Bank v. Registrador de Guayama, 38 D.P.R. 350. En este caso se decidió que ciertos contratos de refacción no eran inscribibles en el registro de contratos agrícolas por falta de precisión e......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 21 de Diciembre de 1928 - 42 D.P.R. 757
...el apelante se enfrenta al obstáculo de nuestra decisión en el recurso gubernativo United Porto Rican Bank v. Registrador de Guayama, 38 D.P.R. 350. En este caso se decidió que ciertos contratos de refacción no eran inscribibles en el registro de contratos agrícolas por falta de precisión e......