Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 44 D.P.R. 402

EmisorTribunal Supremo
DPR44 D.P.R. 402

44 D.P.R.

402 (1933) SERRALLÉS GALIANO V. SAURÍ TRISTANI

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Pedro Juan Serrallés Galiano, demandante y apelado,

v.

Rafael Saurí Tristani y Elisabeth Tyrell de Saurí, demandados y apelantes.

No.: 5540, Sometido: Junio 14, 1932, Resuelto: Enero 12, 1933.

Sentencia de Angel Acosta Quintero, J. (Ponce), declarando con lugar demanda de daños y perjuicios provenientes éstos de la errónea expedición de un auto de injunction, con costas, desembolsos y honorarios de abogado. Confirmada.

R. V. Pérez Marchand, abogado de los apelantes; A. S. Poventud, abogado del apelado.

El Juez Asociado Señor Hutchison, emitió la opinión del tribunal.

Rafael Saurí y su esposa incoaron un procedimiento contra William W. Woolard

y otros, para obligarles a cumplir un contrato sobre enajenación de bienes.

En el mismo procedimiento trataron de anular una escritura de enajenación

otorgada por Woolard y otros demandados a favor de Pedro Juan Serrallés y de

recobrar los terrenos en poder de éste. Estando pendiente de resolverse el

caso, los demandantes obtuvieron un injunction mediante el cual se prohibió

a Serrallés cercar o cultivar la tierra o abrir pozos en la misma para fines

de riego, todo lo cual estaba realizando o iba a realizar. El procedimiento

original fué resuelto por esta corte en abril de 1927. Saurí

et al. v.

Woolard et als., 36 D.P.R. 662. Serrallés instituye ahora este recurso por

los daños y perjuicios provenientes de la errónea expedición del auto de

injunction, y los aquí demandados apelan de una sentencia adversa.

La corte de distrito denegó la excepción previa de falta de hechos

suficientes para determinar una causa de acción.

Se citan Acevedo v. Orr, 100 Cal. 293; Lacey v.

Baudry, 53 Cal. 693; 3

Bancroft's Code Pleading 2575, y 4 Bancroft's Code Practice & Remedies,

4687, en apoyo de la teoría del apelante, de que el dejar el demandante de

alegar malicia y falta de causa probable al iniciar y proseguir el recurso

original fué fatal. Tal es la regla del derecho común. Es seguida en la

mayoría de las jurisdicciones. Tanto las cortes estaduales como federales,

de un estado por lo menos, han rehusado adoptarla. Miller Surfacing Co. v.

Bridgers, 269 S.W. 838, y Corpus Christi Gas Co. v. City of Corpus Christi,

46 Fed. (2d) 962.

El artículo 7 de la ley que regula la expedición de autos de injunction en

Puerto Rico (Estatutos Revisados 1911, art.

1360) dispone lo siguiente:

"Al concederse...

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