Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Mayo de 1932 - 51 D.P.R. 475

EmisorTribunal Supremo
DPR51 D.P.R. 475
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 1932

51 D.P.R. 475 (1937) INSÚA, EX PARTE

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Genaro Cautiño Insúa, peticionario y apelado, Ex Parte.

Sucesión de Doña Isabel Llera Vda. de Rucabado, Graciela Pérez Torres de Meléndez,

Angel Luis Pérez representado por su madre Julia Nazario, Concepción Pérez Vázquez y

Marta Virgen Pérez Alicea, opositores y apelantes.

Núm.: 7176

Sometido: Abril 8, 1937

Resuelto: Mayo 4, 1937.

Resolución de Gabriel Castejón, J. (Guayama), declarando sin lugar petición sobre nombramiento de Contador-partidor. Revacada y devuelto el caso con instrucciones de declarar con lugar la solicitud y proceder al nombramiento conforme a ley.

P.

Amado Rivera, M. Rodríguez Alberty, F. Beiró Rovira, Pedro E. Anglade y C. Domínguez Rubio, abogados de los apelantes; Tomás Bernardini de la Huerta, abogado del administrador judicial; Tomás Bernardini Palés, abogado de Julia, conocida por Julí, Luis Adalberto y María Virginia Pérez Vázquez, representados por su madre Rosa Vázquez Vega; Mericia Pérez Vega, representada por su madre Viviana y Felisa Pérez Vázquez; y Miguel Marcos Morales, abogado del Crédito y Ahorro Ponceño.

El Juez Asociado Señor Travieso emitió la opinión del tribunal.

José Pérez Llera falleció en el pueblo de Cayey el día 5 de mayo de 1932, siendo soltero. Le sobrevivieron su madre, doña Isabel Llera, y sus descendientes Graciela, Concepción, Luisa, conocida por Josefa, Horacio, Julia, Luis Adalberto, María Virginia, Mericia y Marta Virgen, declarados sus hijos naturales reconocidos por la Corte de Distrito de Guayama.

Entre otros documentos del finado apareció, después de su muerte, una carta dirigida a Genaro Cautiño Insúa, que transcrita literalmente dice así:

"Cayey 4 Mayo, 1930. --Sr. D. Genaro Cautiño, Guayama. --Mi más querido compadre: Quisiera estar tranquilo y poderle explicar todo cuanto me pasa pero debido a mis nervios no puedo hacerlo. --Siendo V. el único ser en quien tengo todas mis esperanzas y mi confianza quiero antes de morir dejarle encargado a mis hijos y todos mis bienes para que V. busque la manera de dejarlos amparados que no se haga nada sin su consentimiento pues conozco bien su buen corazón y sé seguro V. no hará nada que no sea mi voluntad.

--Para la venta de los tabacos hablé con D. Antonio Long y D.

Félix Arostegui que estoy seguro ambos le ayudarán y se saldrá lo mejor posible lo que sobre con casas, fincas, ganado y demás repártaselos a mis hijos pero no entregándoselos a ellos sino proporcionándoles una renta para que vivan y nunca puedan derrocharlo. Además de eso el dinero que en su poder tengo quiero me lo reparta en la forma siguiente son poco más o menos $70,000. --Para Luisa $25,000, para Yuli $15,000. Para Adalberto $10,000, para María Virginia $10,000, y para Mericia $10,000. Esto es además de lo que yo tengo o pueda tener. Adalberto le entregará todos los libros si los tabacos se venden de $20 para abajo creo no se necesiten--$4,000 p. La liquidación de los rafaccionados.

--Cualquier duda que tenga consúltele a Anito pero jamás confíe en él pues no tiene gratitud a pesar de todo quiero después que todo se liquide quiero dejarle cuatro o quinientos dollars no por él sino por sus hijos para que compren una casita. --A estos individuos que le nombro quiero me les dé $500 a cada uno y son los siguientes: Julián Ramos, Josefina Nieves esta muchacha es de Toa Alta, Luis Brau, Sandiego Torres, Fruto López, Pepe Delvalle. Elisa Malavé además de los $500 a esta última me le traspasa a nombre de ella un terreno que el padre me tiene hipotecado y a Dña.

César la señora de don Tano me le da $100. --A V. le extrañará la determinación que he tomado pero me es imposible seguir viviendo en una vida donde no se ve mas que la desvergenza y el pillage a cada momento me acuerdo de V. y le compadezco por verse obligado a seguir luchando con tanto bandido. A su comadre y a Bibina mientras procedan con vergenza ayúdelas de lo que hay. --Si a mi se me ha olvidado alguna cosa la dejo a su criterio pues donde quiera que me encuentre daré por bien todo lo que V. haga. --Reciba el abrazo más sincero de su compadre que jamás lo olvidará. --Firmado: Pepe. P. D.

Enrique Mendoza me tiene hipotecado un solar pásele la escritura de dicho solar a mi ahijada que es hija de él que yo se lo regalo. --Dado caso que tenga inconveniente en la venta de los tabacos hable con Don Félix para que le explique bien el principio de las cosas todo me ha pasado devido al estado de nervios en que me puso Mr. Gans desde su principio. --Procure V. ir con D.

Félix hablar con Mr. Malla si viene a Puerto Rico. --Vale."

Estimando el destinatario de dicha carta que se trataba del testamento ológrafo del causante, promovió en la Corte de Distrito de Guayama el expediente núm. 9832, sobre protocolización del testamento ológrafo de José Pérez Llera, en el que recayó resolución el día 20 de mayo de 1932

declarando comprobada su identidad, y ordenando su protocolización en la notaría del abogado don Tomás Bernardini de la Huerta.

Por escritura pública de 31 de mayo de 1932 Genaro Cautiño Insúa aceptó el cargo de albacea testamentario, y por resolución de 2 de junio del mismo año, la Corte de...

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