Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 55 D.P.R. 646

EmisorTribunal Supremo
DPR55 D.P.R. 646

55 D.P.R. 646 (1939) DEL VALLE & CÍA. V. CASO

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Del Valle & Cía., demandante y apelada,

v.

Fernando Caso, Félix Benítez Rexach y

United States Fidelity & Guaranty Co., demandados y apelantes.

Núm.: 7568

Sometido: Enero 18, 1939

Resuelto: Noviembre 22, 1939.

Sentencia de Pablo Berga, J. (San Juan), declarando con lugar demanda en acción sobre fianza judicial, con costas, sin honorarios de abogado.

Confirmada.

Juan Enrique Géigel y Guillermo Silva, abogados de los apelantes: Ismael Soldevila, abogado de la apelada.

El Juez Asociado Señor Wolf emitió la opinión del tribunal.

En un procedimiento de injunction iniciado ante la Corte de Distrito de San Juan Fernando Caso y Félix Benítez Rexach obtuvieron una orden de entredicho contra Del Valle & Cía.

En la orden se prohibía a la demandada que diera cumplimiento a un contrato sobre construcción de ciertas obras públicas en relación con el acueducto de Bayamón y San Juan. La Fidelity & Guaranty Company prestó fianza para responder de todos los daños y perjuicios que Del Valle & Cía.

pudiera [P 647] sufrir con motivo de dicha orden. Ésta fué más tarde anulada y Del Valle & Cía. instó demanda contra Caso, Benítez Rexach y la compañía fiadora. La corte de distrito concedió daños y perjuicios.

En apelación se señalan dos errores: (1) que la corte de distrito cometió error al declarar que el sueldo que devengaba Carlos del Valle, como ingeniero jefe de la apelada, era recobrable por el período en que estuvo en vigor la orden de entredicho; (2) que la corte inferior erró al declarar que la apelada podía recobrar $149.31 como parte proporcional del depósito de $261.32, pagado por la apelada por concepto de primas de indemnizaciones a obreros.

La corte inferior fué de opinión que la demandante debía obtener sentencia por los sueldos y jornales de todos los empleados que eran necesarios en la obra, mientras el trabajo estaba paralizado y que en su consecuencia la demandante debía obtener indemnización por el sueldo del ingeniero a cargo del trabajo.

Los apelantes sostienen que el ingeniero jefe lo era Carlos del Valle, Presidente de la compañía apelada, que recibía un sueldo fijo de $600 mensuales, no importa lo que hiciera. La apelada sostiene que despidió a todos los empleados que no eran necesarios, pero que aunque la construcción estaba paralizada, alguien tenía que estar a cargo de la...

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